Vivienda
El Congreso votará este jueves el decreto que suspende los desahucios a deudores hipotecarios
- La medida fue pactada con Podemos
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El Pleno del Congreso deliberará y votará este jueves la convalidación del decreto que prorroga hasta 2028 la moratoria para suspender los desahucios a deudores hipotecarios vulnerables en la que será la primera votación de un decreto desde el pasado mes de enero.
Aquel día, el Ejecutivo de Pedro Sánchez amarró el apoyo de Junts a sus tres decretos en el último minuto y tras una prórroga en la votación telemática provocada por un fallo en el sistema, aunque solo salvó dos, ya que el voto en contra de Podemos tumbó la reforma del subsidio de desempleo, promovida por el Ministerio de Trabajo de Yolanda Díaz.
Precisamente durante esa jornada, Podemos exigió la introducción de esta prórroga en la tramitación del decreto anticrisis como proyecto de ley para dar su visto bueno al decreto, pero la norma se encuentra atascada en el Congreso y el período de vigencia de la moratoria finalizaba el pasado 15 de mayo. La formación de Ione Belarra amenazó con romper en el Congreso con el Gobierno de no aprobarse y el Ejecutivo acabó aprobando la moratoria vía real decreto en el Consejo de Ministros del 14 de mayo.
Ahora el Gobierno se enfrenta a un nuevo 'test' parlamentario, para el que previsiblemente contará con el apoyo de sus socios de izquierda: Podemos, ERC, EH Bildu y BNG. No obstante, para sacar la medida adelante necesitarán el apoyo de PNV y Junts, que todavía no han dado a conocer su voto. Tampoco lo han hecho el resto de partidos de la oposición.
HASTA 2028
Esta norma fue aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy y se ha prorrogado desde entonces en varias ocasiones, la anterior en el año 2020. En concreto, protege de los desahucios a las familias numerosas, las monoparentales con un hijo a cargo, con menores de edad, con algún miembro con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, situación de dependencia o incapacidad permanente. También a aquellas en las que el deudor se encuentre en situación de desempleo, con víctimas de violencia de género o mayores de 60 años.
No obstante, la ley marca que, además de pertenecer a alguno de esos colectivos, se deben cumplir una serie de circunstancias socioeconómicas de vulnerabilidad. En concreto, los ingresos de la unidad familiar no deben superar el límite de tres veces el Iprem en 14 pagas (8.400 euros en 2023), aunque se eleva a cuatro o cinco veces en determinados casos. Además, el límite se incrementa por cada hijo a cargo.
Además de sus límites de ingresos, la unidad familiar habrá tenido que sufrir en los cuatro años anteriores a la solicitud de suspensión del desahucio una “alteración significativa” de sus circunstancias económicas, en términos de esfuerzo de acceso a la vivienda, que la norma entiende como que el esfuerzo que represente la carga hipotecaria sobre la renta familiar “se haya multiplicado por al menos 1,5”.
Por último, la cuota hipotecaria debe resultar superior al 50% de los ingresos netos que perciba el conjunto de la unidad familiar y el crédito o préstamo de la hipoteca debe recaer sobre “la única vivienda en propiedad del deudor” y debe haber sido concedido para su adquisición.
(SERVIMEDIA)
12 Jun 2024
JMS/clc