EL CONGRESO PROHIBE COBRAR POR DESCUBIERTOS MAS DE 2,5 VECES EL INTERES LEGAL DEL DINERO

MADRID
SERVIMEDIA

El pleno del Congreso aprobó hoy definitivamente el proyecto de ley de Crédito al Consumo, que obliga a las entidades financieras a no cobrar ms de 2,5 veces el tipo de interés del dinero por los descubiertos en operaciones de créditos al consumo otorgados a sus clientes.

Fuentes socialistas explicaron a Servimedia que el objetivo de esta reforma es acabar con una práctica "frecuente, abusiva y usuraria de las entidades de financiación y empresas suministradoras de bienes, que llegaban a aplicar un interés de hasta el 36 por ciento".

Según datos del Banco de España publicados en su último Boletín Económico, los grandes bancos españoles plicaban a finales del año pasado unos tipos de interés efectivos por descubiertos en cuentas de crédito situados en torno al 32 por ciento. Entre las cajas de ahorros, estos tipos suelen ser algo menores, pero se situaban a 31 de diciembre de 1994 en un 25,38 por ciento, como promedio.

La nueva ley podría aplicarse antes del verano, ya que tiene un plazo de dos meses, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, para entrar en vigor.

El tope al interés máximo cobrable en descubiertos fu establecido mediante una enmienda introducida en el Senado, que no contó con el apoyo del Partido Popular, y a la que también se opinía la Asociación Española de Banca Privada, por entender que supone un paso atrás en la liberalización de los mercados financieros.

El proyecto también contempla la cancelación anticipada de créditos mediante el pago de una sola vez de lo que resta de la deuda. La penalización máxima por reembolso anticipado será de 1,5 por ciento en caso de que el interés del crédito sa variable y del 3 por ciento si es fijo.

(SERVIMEDIA)
16 Mar 1995
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