REFERENDUM

EL CONGRESO DEBERA APROBAR UNA LEY ORGANICA QUE RATIFIQUE EL TRATADO SOBRE LA CONSTITUCION EUROPEA

MADRID
SERVIMEDIA

El tratado por el que se establece la Constitución Europea deberá ser ratificado por el Congreso de los Diputados, una vez celebrado el referéndum consultivo, mediante una ley orgánica, cuya aprobación requerirá mayoría absoluta en la Cámara Baja.

El Reglamento del Congreso establece que para solicitar a la autorización de un tratado internacional el Consejo de Ministros debe remitir a las Cortes Generales el texto del tratado, y la memoria que justifique la solicitud, a fin de tramitar el proyecto de ley orgánica.

El Consejo de Ministros no tiene un plazo determinado para proponer esta ley orgánica tras la celebración del referéndum, según informaron a Servimedia fuentes parlamentarias, más allá del periodo fijado por el propio tratado constitucional, que es de dos años desde su firma, el pasado mes de octubre.

El Ejecutivo deberá remitir los documentos mencionados, junto a las declaraciones o reservas que desee realizar, en su caso, en un plazo de noventa días, que se pueden ampliar a ciento ochenta, desde el acuerdo adoptado en el Consejo de Ministros, y una vez registrada la propuesta la Cámara Baja ha de tomar su decisión en sesenta días.

Una vez registrado en el Congreso, el proyecto de ley se tramitará como cualquier otra ley orgánica, es decir, los grupos parlamentarios podrán presentar enmiendas a la totalidad si pretenden denegar o aplazar la autorización, y enmiendas al articulado, en caso de que deseen realizar modificaciones al texto.

Este mismo procedimiento se utilizó para la ratificación del Tratado de Adhesión por el que se amplió la Unión Europea a 25 miembros, con una ley orgánica aprobada en octubre de 2003; y la del Tratado de Niza, que fue ratificado por el Congreso en noviembre de 2001.

(SERVIMEDIA)
21 Feb 2005
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