EL CONGRESO APRUEBA LA LEY DE CONCILIACION QUE PERMITE A PADRE Y MADRE COMPARTIR LOS PERMISOS DE MATERNIDAD
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó hoy la Ley para promover la Conciliación de la Vida Familiar y Laboral, que faculta a los padres para repartirse el permiso de maternidad como mejor les convenga.
El ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Manuel Pimentel, aseguró que se trata de una ley de "extraordinaria importancia" y "de vanguardia", porque permitirá que "muchas personas, mujeres y hombres, puedan conciliar un trabajo con vida familiar, con cuidado de loshijos y con cuidado de las personas mayores".
Con la nueva normativa, una vez que pasen las seis primeras semanas después del parto, reservadas obligatoriamente para la madre, tanto uno como otro de los progenitores podrán repartirse a su elección las 10 semana restantes, hasta completar las 16 semanas del permiso de maternidad.
De esta manera, si ambos se reparten los días, el niño podrá disfrutar de los dos padres conjuntamente, pero el tiempo será menor, al tener que dividir el permiso entre ds.
La nueva normativa equipara a los padres adoptivos con los padres biológicos, pues se contará con 16 semanas de permiso cuando se acoja a un niño de hasta 6 años de edad.
Además, en el caso de que los padres tengan que salir al extranjero porque se trata de una adopción internacional, podrán adelantar un mes el permiso de maternidad, para gestionar o viajar al exterior en busca de su hijo.
La ley protegerá también a las mujeres embarazadas, ya que prohibirá expresamente el despido relacioado con cuestiones de maternidad y apoyará a las empresas para cambiar de destino a las futuras madres cuyo trabajo pueda suponer riesgos para el feto.
Por último, se permitirá la reducción de la jornada y las excedencias para quienes tengan a su cuidado a familiares directos -hasta segundo grado de consanguinidad-, que estén enfermos o que sean discapacitados y no tengan medios económicos para subsistir.
Así, según la ley, quienes tengan reconocida la guarda legal de un minusválido físico, psíquco o sensorial que no desempeñe una labor retribuida "tendrá derecho a una reducción de jornada de trabajo (...) entre al menos un tercio y la mitad de la duración de aquella".
La ley entrará en vigor la próxima semana, al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
(SERVIMEDIA)
21 Oct 1999
C