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EL CONGRESO APRUEBA LA LEY QUE CONCEDE EL PARO A CONCEJALES Y SINDICALISTAS

- Hay más de 65.000 concejales que se podrían beneficiar de la medida

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales del Congreso de los Diputados aprobó hoy por unanimidad la extensión del derecho a la protección por desempleo a los políticos del ámbito local y a los sindicalistas.

La medida puede beneficiar a los más de 65.000 concejales existentes en la actualidad, a los que se unirían representantes de cabildos e instituciones forales, y dirigentes de los sindicatos.

La proposición de ley que incluía este nuevo derecho ha sido aprobada con competencia legislativa plena, lo que quiere decir que no pasará por el Pleno del Congreso e irá directamente al Senado.

Allí, según indicó a Servimedia la diputada del PSOE Isabel López i Chamosa, no se prevé que se modifique la norma, por lo que se espera que pueda estar en vigor en el mes de octubre, dado el parón parlamentario provocado por el verano.

La proposición establece que estos cargos públicos podrán cobrar la prestación por desempleo cuando cesen de sus funciones de manera involuntaria, y siempre que no tengan derecho a percibir otras indemnizaciones, retribuciones o compensaciones como consecuencia de su despido.

Aunque sindicalistas y políticos electos cotizan en el Régimen General de la Seguridad Social, el artículo de la Ley General de la Seguridad Social que establece las personas con derecho al desempleo, el 205, no les incluye.

Este colectivo está conformado por los cargos electos de las corporaciones locales que desempeñan su función con dedicación exclusiva o parcial y percibiendo un sueldo, y también los altos cargos de las Administraciones Públicas que no sean funcionarios.

Además, en la reunión de la Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales celebrada hoy se acordó extender este derecho a los cargos de los cabildos insulares y de los órganos forales de País Vasco y Navarra.

En la actualidad tampoco tienen derecho a paro los cargos sindicales representativos que ejercen funciones de dirección en un sindicato en régimen de dedicación exclusiva y con sueldo.

Inicialmente se pretendía implantar la protección por desempleo a los dirigentes sindicales de ámbito provincial o superior, pero se ha decidido extenderlo a todos, incluidos los sindicalistas locales.

De este modo, una vez que la iniciativa entre en vigor, el próximo otoño, pasarán a tener derecho a paro todos los cargos de los sindicatos, los concejales y representantes de cabildos e instituciones forales, y los altos cargos de las Administraciones Públicas que no sean funcionarios.

Estos trabajadores deberán cotizar, tanto ellos como la administración o el sindicato para el que trabajen, por la contingencia de desempleo.

(SERVIMEDIA)
06 Jun 2006
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