Pensiones

Confemetal promueve un plan de pensiones colectivo para el sector y justifica que “restaría incertidumbre”

MADRID
SERVIMEDIA

La patronal Confemetal considera que acordar un plan de pensiones colectivo para el sector del metal “restaría incertidumbre sobre el futuro de las pensiones, enriquecería la negociación colectiva y mejoraría las condiciones laborales en las empresas, favoreciendo su adaptación a los cambios tecnológicos y económicos en curso”.

Así lo pone de relieve Confemetal en su último boletín mensual de coyuntura económica, en el que expone que el alcance de la cobertura que provee el Estado para la jubilación se ve “cuestionado”, por lo que “la vía de una cobertura complementaria ofrecida por las empresas a sus trabajadores” puede ser relevante.

La patronal del metal impulsa este plan de empleo colectivo en el marco de las reformas pactadas entre Seguridad Social, sindicatos y CEOE en 2022, tras cuya aprobación, la construcción fue un sector “pionero” en el desarrollo de un plan de pensiones. En septiembre de 2024 acogía a más de medio millón de trabajadores como partícipes del plan y a más de 55.000 empresas como promotoras.

En este marco, Confemetal viene estudiando las posibilidades de incorporar un plan de pensiones de ámbito sectorial al Sector del metal, que integra industria, tecnología, comercio y servicios, y constituye uno de los sectores de actividad más relevantes en España, por niveles de producción, volumen de empresas y número de trabajadores.

Las propuestas para el Plan parten de la consideración de crear un marco estatal para la implementación y su gobernanza, y añaden la recomendación de “sencillez” en el diseño, elemento clave por el colectivo tan grande y heterogéneo de empresas y trabajadores al que iría dirigido y la obligatoriedad en el marco del convenio colectivo como factor para asegurar el alcance del Plan a todo el sector.

El Plan se estructuraría en torno a aportaciones definidas para contingencias de jubilación, incapacidad y fallecimiento y su vehículo de financiación sería un Plan de pensiones de empleo simplificado, en virtud de la Ley de Impulso de Planes de Pensiones de Empleo.

También se contempla la posibilidad de adhesión al plan de trabajadores no sujetos al convenio del metal y fórmulas de aportación fija o de un porcentaje del salario pensionable que debería definirse en función de conceptos salariales de las tablas provinciales del convenio colectivo que resulte de aplicación.

En el colectivo de autónomos, muy relevante en el sector del metal, aquellos con trabajadores a su cargo quedarían obligatoriamente adheridos al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado como promotores y para aquellos sin trabajadores a su cargo, la adhesión sería voluntaria.

La aportación al plan, siempre por parte de las empresas, debería acordarse en la negociación colectiva y ningún trabajador quedaría excluido de las aportaciones. La propuesta para el sector del metal prevé la movilización de derechos consolidados procedentes de otros planes y la de los partícipes, y de partícipes en suspenso por extinción de la relación laboral con su entidad promotora sin reanudarla con otra entidad promotora del plan o por terminación o liquidación del plan.

En cuanto a las contingencias previstas, se incluyen la jubilación, incluidos supuestos de jubilación anticipada a partir de los sesenta años bajo ciertos supuestos y, cualquiera que sea la edad del partícipe por cese objetivo y por proceso concursal, muerte o jubilación del empresario; la incapacidad; la dependencia; el fallecimiento y supuestos excepcionales de liquidez como desempleo de larga duración y enfermedad grave.

Para la empresa, el Plan tendría los incentivos de una reducción en la cuota empresarial por contingencias comunes por el incremento de cotización derivado de la aportación hasta un máximo por empleado, aportaciones fiscalmente deducibles en el impuesto sobre sociedades y deducción en la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades de un tanto por ciento de las aportaciones.

(SERVIMEDIA)
26 Oct 2024
DMM/clc