CONDENADOS A CERCA DE 1000 AÑOS DE CARCEL LOS ETARRAS QUE ROBARON UN COCHE CON EL QUE ETA ATENTO CONTRA UN VEHICULO MILITAR
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La sección segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado mponer sendas pena de 930 años de cárcel a los dos miembros de ETA José Gabriel Zabala Erasun y Gonzalo Rodríguez Cordero, que robaron el vehículo con el que la organización terrorista atentó en junio de 1993 contra un vehículo militar en la calle Joaquín Costa de Madrid, causando 7 muertos y numerosos heridos.
En una sentencia hecha pública hoy, el tribunal considera que los dos terroristas son autores de un delito de atentado, 6 asesinatos, 40 asesinatos frustrados, estragos, utilización ilegítima d vehículo de motor y sustitución de placas de matrícula.
La sala estima que, aunque los procesados "pudieran desconocer con precisión cuál iba a ser el objetivo último de la acción terrorista, sin embargo sí conocían que ésta se iba a producir y por la utilización de los explosivos y el coche, que ésta iba a tener unas determinadas características".
Por ello, considera que les puede imputar los delitos de atentado, asesinatos, asesinatos frustrados y estragos, "al menos a título de dolo eventual,dada la previsibilidad de los resultados y la aceptación de los mismos que con su conducta se producía", ya que "era especialmente relevante los actos por ellos realizados".
Además, les condena a indemnizar con 20 millones de pesetas a los herederos de los 7 militares fallecidos, así como en diversas cuantías a los heridos en el atentado y a los propietarios de los vehículos y viviendas que sufrieron desperfectos por la explosión del coche bomba.
El tribunal rechaza, por no ser procedente, declarr la responsabilidad civil subsidiaria del Estado de las indemnizaciones, aunque precisa que "ello sin perjuicio de que, una vez se den las condiciones legales precisas, las partes puedan solicitar la correspondiente indemnización del Estado como víctimas de un delito terrorista".
Según la sentencia, los dos procesados, integrantes de ETA, sustrajeron el día 14 de marzo de 1992 de un vehículo en San Sebastián, utilizando para ello diversas herramientas fabricadas ex profeso para esta finalidad. Una ve robado, trasladaron el coche a la lonja del barrio de Iturrioz de Oyarzun (Guipúzcoa), donde lo ocultaron para una posterior utilización.
Un año después de este hecho, recibieron en junio de 1993 una llamada de un miembro de ETA, del que se desconocen otros datos de identidad, quien les dió instrucciones para que trasladasen un vehículo cargado de explosivos a Madrid. Para ello, sustituyeron las placas de matrícula del coche que habían robado por otras de Madrid.
Según el relato de la sentencia,tras introducir explosivos en el coche, se desplazaron con él a Madrid, donde lo dejaron estacionado en el lugar donde les habían indicado otros miembros de ETA, en la calle Arroyo de la Media Legua, del barrio de Moratalaz. Tras ello, regresan a su lugar de origen.
El tribunal indica que los terroristas tenían "perfecto conocimiento de que el mismo se iba a utilizar para realizar una acción terrorista, aunque no consta que supieran de forma concreta en que iba a consistir ésta".
Del coche con lo explosivos se hicieron cargo otros integrantes de ETA no identificados, quienes tras fabricar un artefacto, lo trasladaron a la confluencia de las calles López de Hoyos y Joaquín Costa "conforme al plan previsto, ya que conocían que por aquel lugar diariamente y a la misma hora pasaba una furgoneta del Ejército de Tierra que trasladaba militares de graduación hasta un edificio militar".
Así, sobre las 18 horas del día 21 de junio, los terroristas vieron acercarse el vehículo que transportaba los miliares, que tenía matrícula civil, por lo que accionaron el explosivo del coche-bomba. La explosión cogió de lleno al vehículo militar y provocó la muerte instantánea de los 7 ocupantes: los tenientes coroneles Juan Romero Alvarez, Alberto Carretero Soguel, Fidel Dávila Garizo y Javier Baró Díaz de Figueroa; el capitán de fragata Domingo Olivo Parza; el sargento de la Armada José Manuel Calvo Alonso y el conductor del automóvil Pedro Robles López.
Asímismo, la explosión causó heridas de diversa gravedada 39 personas e importantes daños materiales a las viviendas colindantes al lugar de la explosión y a los vehículos estacionados en la zona.
(SERVIMEDIA)
07 Feb 1996
S