CONDENADO UN OTORRINO POR NO SABER CURAR UNA OTITIS TUBERCULOSA A UNA PACIENTE

- El facultativo deberá indemnizarla con 15 millones, según una sentencia del Tribunal Supremo

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha condenado a un otorrino a indemnizar con 15 millones de pesetas a una paciente a la que no supo curar una otitis tuberculosa, segúnuna sentencia hecha pública hoy.

Los hechos se remontan a junio de 1989, cuando la víctima acudió a la consulta del otorrino debido a un fuerte dolor de oídos. Tras diagnosticarle otitis media crónica bilateral, el doctor la sometió a un tratamiento con medicamentos que no dio resultados, por lo que decidió intervenirla quirúrgicamente en cuatro ocasiones: en marzo, junio y septiembre de 1990, así como en febrero de 1991.

Como la salud de la mujer no mejoraba, es más, le estaba provocando una parlisis facial, el doctor, "sospechando que podía tratarse de tuberculosis", procedió a practicar una biopsia y cultivo de bacilo de Koch, que resultó negativa, por lo que no realizó más analíticas.

Cuando la parálisis facial llegó a ser completa, en noviembre de 1991, la mujer acudió a otro especialista, quien, tras realizarle diversas pruebas, le diagnosticó una otitis media tuberculosa, por lo que la intervino quirúrgicamente y la sometió a un tratamiento adecuado a su enfermedad.

Según el Supreo, ha quedado demostrado que, en el largo periodo de tiempo que trató a la mujer, "no es que no pudiera curar a la enferma [...] sino que no supo atajar sus dolencias, en decir, no supo curarla, no obstante de ser médico especialista en oídos".

En este sentido, el Alto Tribunal reprocha al demandado que "no vino a emplear adecuadamente y con la necesaria dedicación y atención los medios que la ciencia le facilitaba, y , al contrario, obró con intensa imprudencia", como demuestra el hecho de que tardar un año y ocho meses en efectuar una analítica sobre tuberculosis, demora ésta que los magistrados califican de "excesivo abandono".

Con estos argumentos, el Supremo condena por negligencia médica al primer doctor, quien deberá indemnizar a su paciente con 15 millones de pesetas. Los magistrados del Alto Tribunal revocan así la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona, que en 1995 absolvió al otorrino, y confirman la dictada en 1993 por el juzgado de primera instancia de Granollers (arcelona).

(SERVIMEDIA)
16 Oct 2000
VBR