CONDENADA A 30.000 PESETAS E INHABILITACION UNA ATS POR INTENTAR PROVOCARSE UN ABORTO

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha ratificado una sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo que condenó a la ATS María Angeles Dosal Sánchez a 30.000 pesetas de multa por un aborto en grado de tentativa, que intentó provocarse a sí misma mediante un lavado vaginal con permanganato potásico.

En la misma condena se prohibía también a la ATS prestar ervicios durante 6 meses en clínicas, establecimientos sanitarios o consultorios ginecológicos, públicos o privados.

Según el dictamen de la audiencia ovetense, emitido el 21 de noviembre de 1988, Angeles Dosal se hizo un lavado vaginal con permanganato potásico, una vez que conoció que estaba embarazada de 6 semanas, "lo que le produjo quemaduras en región vaginal, no interrumpiéndose el curso del embarazo ni resultando por ello afectado el embrión".

Angeles Dosal, casada y madre de dos hijos, pesentó recurso en el Supremo alegando que habían sido vulneradas las garantías procesales que la Constitución brinda a todos los ciudadanos, refiriéndose concretamente al artículo 24.2 de la Constitución.

El Supremo, al desestimar el recurso, indica que "la procesada, al tiempo de prestar su primera declaración, estuvo asistida de letrado sin que haya sido privada de ninguno de los derechos que se establecen en el mencionado artículo 24.2".

(SERVIMEDIA)
21 Mar 1991
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