CONCEJALES Y SINDICALISTAS, MÁS CERCA DE PODER COBRAR EL PARO
- El Congreso inicia esta semana los trabajos para implantar la protección de desempleo a cargos públicos
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Los políticos del ámbito local y los sindicalistas están más cerca de empezar a cobrar la protección por desempleo cuando cesen de los cargos para los que han sido elegidos.
El pasado miércoles quedó constituida en el Congreso de los Diputados la ponencia que analizará la proposición de ley que regula este nuevo derecho, que lleva la firma de todos los grupos parlamentarios.
Esta semana, en concreto el martes, se producirá la primera reunión de trabajo de los diputados que se encargarán de la redacción de la ley.
La propuesta establece que estos cargos públicos podrán cobrar la prestación por desempleo cuando cesen de sus funciones de manera involuntaria, y siempre que no tengan derecho a percibir otras indemnizaciones, retribuciones o compensaciones como consecuencia de su despido.
Aunque sindicalistas y políticos electos cotizan en el Régimen General de la Seguridad Social, el artículo de la Ley General de la Seguridad Social que establece las personas con derecho al desempleo, el 205, no les incluye.
Este colectivo está conformado por los cargos electos de las corporaciones locales que desempeñan su función con dedicación exclusiva y percibiendo un sueldo, y también a los altos cargos de las Administraciones Públicas que no sean funcionarios.
Tampoco quedan protegidos los cargos sindicales representativos que ejercen funciones de dirección en un sindicato en régimen de dedicación exclusiva y con sueldo.
Con la proposición de ley, pasarán a tener derecho a paro los cargos de sindicatos de ámbito provincial o superior, los concejales de ayuntamiento con dedicación exclusiva y sueldo y los altos cargos de las Administraciones Públicas que no sean funcionarios.
Eso sí, deberán cotizar, tanto ellos como la administración o el sindicato para el que trabajen, por la contingencia de desempleo.
(SERVIMEDIA)
02 Abr 2006
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