LA COMUNIDAD REDUCE EL PLAZO PARA HACER UN CAMBIO MENOR EN UN PLAN URBANIÍSTICO DE 18 MESES A TRES
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La Comunidad de Madrid reducirá el plazo para realizar modificaciones de carácter menor en un plan urbanístico desde los 18 meses de tramitación de media actuales hasta los 3, según recoge el Decreto por el que se Regulan las Modificaciones Puntuales No Sustanciales de Planeamiento Urbanístico.
Dicho texto, que cuenta con un informe favorable del Consejo de Estado, fue presentado hoy al Consejo de Gobierno por Ana Isabel Mariño, consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.
El vicepresidente de la Comunidad y portavoz, Ignacio González, explicó en rueda de prensa que actualmente las modificaciones menores de planeamiento urbanístico siguen prácticamente el mismo procedimiento que la aprobación de un Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) completo, algo que bloquea en muchos casos la capacidad de los ayuntamientos para gestionar sus terrenos.
González señaló que el decreto desarrolla un nuevo procedimiento para facilitar que los consistorios puedan obtener nuevos equipamientos públicos sin necesidad de pasar por el largo proceso previsto para la aprobación de un nuevo Plan General de Ordenación Urbana.
El decreto define como modificación no sustancial aquella que no supere los 10.000 metros cuadrados (la superficie de un campo de fútbol) y que no afecte negativamente a la movilidad del municipio, al medio ambiente o a las infraestructuras.
La superficie mínima podrá ser superior siempre que la propuesta sea aprobada por mayoría absoluta del pleno municipal y esté justificada por razones de especial interés social o utilidad pública, como por ejemplo, la construcción de un polideportivo que ocupe una superficie superior.
El procedimiento se iniciará a propuesta del ayuntamiento y será sometido a información pública durante un mes para que los ciudadanos puedan presentar alegaciones. Durante ese plazo deberán emitirse todos los informes legalmente previstos.
Una vez estudiadas las alegaciones, se enviará el documento a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, que analizará durante un plazo máximo de dos meses la propuesta de modificación del Plan General de Ordenación Urbana, procediendo a su aprobación definitiva si se cumplen todas las cautelas exigidas por la legislación urbanística y medioambiental.
(SERVIMEDIA)
10 Jul 2008
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