LA COMUNIDAD INICIA LA INSPECCION DE EDIFICIOS DE MAS DE 50 METROS DE ALTURA COMENZANDO POR LOS DE 100
- Realizará también un censo de los inmuebles en altura de toda la región
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La Comunidad de Madrid inició hoy la inspección de edificios de más de cincuenta metros de altura con el examen de los inmuebles que superan los 100 metros para verificar el funcionamiento de los sistemas de prevención y extinción de incendios en este tipo de edificaciones.
Esta actuación forma parte del plan aprobado el pasado jueves por el Consejo de Gobierno, que establece la adopción de seis medidas de choque para aplicar en materia de prevención y extinción de incendios en edificios de más de 50 metros de altura.
EL examen comenzó esta mañana, cuando seis inspectores de la Dirección General de Protección Ciudadana de la Comunidad de Madrid, divididos en dos equipos de tres funcionarios, y un tercero enviado por la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, empezaron las inspecciones para verificar el grado de cumplimiento de la normativa en prevención de incendios.
Una vez finalizada la inspección de estos edificios, los técnicos continuarán su evaluación con los inmuebles de más de 50 metros de altura, que, según los primeros datos, son alrededor de 211, de los que 210 están ubicados en la capital y uno en Pozuelo de Alarcón. El plan incluye además una segunda fase en la que la Comunidad elaborará el censo correspondiente a los edificios con más de 28 metros de altura.
El vicepresidente segundo y consejero de Justicia e Interior, Alfredo Prada, indicó que el objetivo del plan aprobado es preventivo y no sancionador y explicó que las competencias inspectoras y sancionadoras corresponden a la Comunidad en los municipios de menos de 20.000 habitantes y a los ayuntamientos cuando su población sea superior a esta cifra.
CENSO DE EDIFICIOS EN ALTURA
Una de las seis medidas aprobadas el pasado jueves consiste en la realización de un censo de edificios en altura, que se efectuará solicitando a todos los ayuntamientos información, emplazamiento, titularidad, y otros datos técnicos de los inmuebles.
Una vez confeccionado el censo, el Gobierno madrileño remitirá a los titulares de los edificios afectados un requerimiento y recordatorio del contenido de las disposiciones transitorias del Reglamento de Prevención de Incendios para que, dentro de los plazos que prevé la normativa, procedan a su cumplimiento.
La Comunidad estudiará la información obtenida para, posteriormente, remitírsela a los respectivos ayuntamientos cuando se detecten infracciones que deban ser sancionadas.
Por último, la Comunidad realizará una campaña de divulgación de la normativa en materia de prevención de incendios cuyos destinatarios serán la población y a los sectores afectados.
(SERVIMEDIA)
21 Feb 2005
IGA