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COMPETENCIA EXPEDIENTA A CAJA MADRID Y OTRAS 19 ENTIDADES POR VINCULAR LA CONTRATACIÓN DE SEGUROS A LAS HIPOTECAS

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha abierto un expediente sancionador a Caja Madrid y a otras 19 entidades financieras por presuntas prácticas prohibidas, al vincular la concesión de hipotecas a la contratación de seguros de vida o de amortización del crédito con la misma entidad.

Con ello, la CNC acata una resolución de la Audiencia Nacional que da la razón a una denuncia de la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc) contra Caja Madrid por este tipo de prácticas.

El órgano regulador informó hoy de que abre ahora un plazo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución.

El 12 de junio de 2000 Ausbanc formuló una denuncia contra la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid (Caja Madrid) por supuestas conductas prohibidas por la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC), consistentes en subordinar la concesión de préstamos hipotecarios a la suscripción de un seguro de vida o de amortización de crédito con una aseguradora perteneciente a su mismo grupo empresarial.

Asimismo, denunció la utilización de otras vías distintas a la de reclamar a esta aseguradora el pago del seguro al producirse la contingencia asegurada, en detrimento de la eficacia de dicho seguro.

La denuncia fue archivada por el Servicio de Defensa de la Competencia mediante acuerdo de 21 de diciembre de 2000. Dicho acuerdo fue recurrido por la denunciante ante el Tribunal de Defensa de la Competencia y desestimado por éste mediante resolución de 21 de noviembre de 2001.

Contra esta resolución, Ausbanc interpuso recurso contencioso-administrativo, que fue resuelto por la Sala Sexta de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, mediante sentencia de 17 de septiembre de 2003, estableciendo que "los hechos denunciados, que parecían una práctica generalizada, podrían incidir en sectores relevantes como el de créditos hipotecarios o el de seguros de vida, lo que hacía conveniente incoar un expediente sancionador".

Una vez firme la sentencia -recurrida en casación por Caja Madrid ante el Tribunal Supremo, que desestimó el recurso en sentencia de 20 de junio de 2006-, el Tribunal de Defensa de la Competencia dictó el 23 de marzo de 2007 resolución de ejecución de la misma, instando al Servicio de Defensa de la Competencia la incoación de expediente sancionador en relación con la denuncia por supuestas prácticas prohibidas por el artículo 1 de la LDC.

Previamente, el Servicio de Defensa de la Competencia, a la vista de la sentencia de la Audiencia Nacional, inició en mayo de 2006 unas diligencias previas solicitando información reservada a la denunciada y a una muestra representativa consistente en 20 entidades del sector, acerca de los préstamos concedidos durante el primer cuatrimestre de 2006 en relación con su supuesta vinculación a seguros de vida o de amortización de crédito.

(SERVIMEDIA)
14 Dic 2007
CAA