GAS NATURAL-ENDESA

COMPETENCIA ADVIERTE QUE LA NUEVA EMPRESA TENDRIA EL 70% DEL MERCADO DE GAS Y EL 50% DEL ELECTRICO

MADRID
SERVIMEDIA

El Servicio de Defensa de la Competencia (SDC) incide en su informe sobre la Oferta Pública de Adquisición de Gas Natural sobre Endesa en que el grupo resultante de la unión de ambas compañías acumularía hasta el 70% del mercado minorista de gas y el 50% del eléctrico.

El SDC acordó el pasado lunes remitir este caso al Tribunal de Defensa de la Competencia y mantener suspendida la operación. Ahora, el TDC tiene dos meses para emitir su informe y, posteriormente, el Gobierno cuenta con un mes más para tomar su decisión final sobre el proceso.

En el informe del SDC, hecho público hoy, este servicio, dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, sostiene que el acuerdo entre Gas Natural e Iberdrola para que la eléctrica se quede con parte de los activos que la gasista no pueda mantener de Endesa "constituye otra operación de concentración que, en su caso, debería ser notificada, en el marco del procedimiento de control de concentraciones, a las autoridades competentes en función de su dimensión".

Además, destaca que con esta operación se integrarían el principal grupo gasista con uno de los dos principales operadores eléctricos, dando lugar a un operador verticalmente integrado y con fuerte presencia en todos los mercados energéticos. Agrega que desaparece un competidor presente en los respectivos mercados de gas y electricidad, con perspectivas de crecimiento en el futuro inmediato.

La entidad resultante de la fusión, dice el SDC, sería el primer operador nacional de gas natural, con una cuota de entre el 50% y el 60% en aprovisionamiento; una participación "importante" en infraestructuras de gas; una cuota de entre el 80% y el 90% en distribución y de entre el 60% y el 70% en suministro minorista.

En el sector eléctrico, tendría apróximadamente entre el 30% y el 40% en capacidad de generación; de entre el 40% y el 50% de la electricidad contratada en el mercado mayorista, y entre el 40% y el 50% del suministro a consumidores finales.

REFUERZO DE GAS NATURAL

Además, el SDC sostiene que la operación supone un refuerzo de la integración vertical del Grupo Gas Natural, "que tendría una fuerte posición en toda la cadena de los mercados del gas y la electricidad y acceso interno a dos fuentes principales de generación eléctrica: fuel y gas natural".

La sociedad fusionada podría utilizar el gas, tanto para suministro a minoristas como internamente para generación de electricidad; además, el SDC pide que se valoren los efectos de que Gas Natural, que hoy suministra gas a otros operadores de generación eléctrica, modifique su actuación por el cambio de posición en el mercado; por último, apunta que Gas Natural tiene una mayor demanda asegurada por parte de los ciclos combinados de Endesa.

En cuanto a la integración de suministros de gas y electricidad, el SDC insta a valorar las posibles sinergias derivadas de esta gestión conjunta de redes, "así como su traslado a los consumidores en la forma de mejores servicios y menores precios".

El Servicio de Defensa de la Competencia advierte de las barreras de entrada que pueden derivarse en el acceso a las infraestructuras de importanción de gas; en la entrada a los mercados eléctricos, y en el control de las redes de distribución de gas y electricidad en determinadas zonas de España.

El informe analiza el caso considerando los ámbitos del gas y la electricidad "por separado", aunque también se estudia la operación "desde la perspectiva de un sector energético integrado que engloble tanto los hidrocarburos gaseosos y la electricidad como, en su caso, los hidrocarburos líquidos".

El SDC considera mercados relevantes en el sector del gas a la luz de esta operación el de transporte, distinguiendo entre las infraestructuras de importación y la red peninsular; el mercado de distribución; el de aprovisionamiento, y el mercado de suministro minorista, separando entre gandes clientes, generación eléctrica y clientes domésticos y pymes.

En el caso eléctrico, cita el mercado mayorista o de generación; el de distribución, como la gestión de la red de baja tensión; y el mercado de suministro minorista, distinguiendo entre grandes consumidores y pequeños.

CASO ESPAÑOL

El Servicio de Defensa de la Competencia sostiene que, "de acuerdo con la normativa comunitaria" y "con la práctica y precedentes comunitarias en esta materia que la operación no reviste dimensión comunitaria siendo, por tanto, de aplicación la normativa española en materia de competencia", y recuerda que Bruselas rechazó las solicitudes de estudiar el caso procedentes de Portugal e Italia.

En principio, la Comisión Europea tomará una decisión definitiva este martes, día 15, cuando se conocerá si el Ejecutivo comunitario asume la OPA o deja el caso en manos de las autoridades españolas de Competencia.

(SERVIMEDIA)
11 Nov 2005
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