Sanidad
La CNMC recomienda “eliminar” la “exclusividad” de venta en farmacias de los productos de autodiagnóstico
- Recuerda que dicha exclusividad "no se produce en otros países europeos”
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) recomendó este viernes “eliminar” la “exclusividad” de venta en farmacias de los productos de autodiagnóstico como los test de embarazo o para detectar la covid-19 y subrayó que dicha exclusividad "no se produce en otros países europeos”.
Así lo defendió en un informe emitido a solicitud del Ministerio de Sanidad después de analizar el proyecto normativo por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español el Reglamento (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2017, sobre los productos sanitarios para diagnóstico in vitro, según precisó el organismo regulador en un comunicado.
Tras recordar que el mercado de los medicamentos y productos sanitarios está “fuertemente intervenido para proteger la salud”, advirtió de que, “dentro de estos límites”, la normativa sectorial “atribuye a la competencia un papel clave” para “estimular la innovación y racionalizar el gasto público”.
En este punto, realizó una serie de recomendaciones destinadas a “mejorar” el funcionamiento del sector “en beneficio de los consumidores y de la salud pública”.
De este modo, respecto a la reserva de actividad a las farmacias en la venta de productos de autodiagnóstico aconsejó “replantearse” esta medida y “abrir” la comercialización de estos productos a “todos los canales de venta, presenciales y ‘online', que reúnan las condiciones requeridas”.
En cuanto a la exigencia de licencia previa de funcionamiento de instalaciones y licencia de importación, estimó que el proyecto “debería justificar mejor” la exigencia de licencia a los dos nuevos supuestos, como son actividad de importación y de fabricación completa de productos para terceros.
“Además, se debería facilitar la renovación de las licencias a través de una declaración responsable en lugar de un nuevo proceso completo de autorización”, espetó. Por lo que se refiere a los requisitos para la obtención de la licencia previa de instalaciones y licencia de importación, urgió a “concretar estos requisitos” exigidos para otorgarlas.
Por último, en relación a la prohibición de subcontratar fuera del territorio español la fabricación de productos sanitarios para su uso exclusivo por el propio centro sanitario, la CNMC abogó también por “replantear” esta medida “restrictiva” de acuerdo a la normativa europea de mercado interior, ya que, a su entender, “estaría motivada por criterios de territorialidad y no de salud pública”.
(SERVIMEDIA)
30 Jun 2023
MJR/pai