Seguros
La CNMC cierra sin multa el expediente sancionador contra DKV por conducta anticompetitiva
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha finalizado el expediente sancionador que inició contra DKV Seguros y Reaseguros por una posible conducta anticompetitiva y lo ha hecho sin imponer multa, tras aceptar los compromisos propuestos por la compañía.
En un comunicado, Competencia informó de que la terminación del expediente ha sido de forma convencional, lo que supone que acepta los compromisos que propone el presunto infractor y finaliza el procedimiento sancionador sin imponerle una multa.
La CNMC abrió el expediente contra DKV después de recibir una información a través del buzón habilitado durante la crisis de la covid-19, que centralizaba todas las denuncias y consultas relacionadas con la aplicación de las normas de competencia en el contexto de la pandemia ('covid.competencia@cnmc.es').
DKV comunicó a determinados asegurados autónomos que la declaración del estado de alarma había obligado a muchos profesionales a cesar temporalmente su actividad. En estas circunstancias, la legislación en materia de seguros imponía suprimir la garantía de incapacidad temporal de sus pólizas DKV Renta al haber desaparecido dicho objeto.
En su comunicación DKV les ofrecía la devolución de los importes abonados y no consumidos de su prima, si bien les conminaba a la contratación de una cobertura de indemnización por hospitalización, en caso de no tenerla, como requisito para obtener la citada devolución.
Tras analizar los hechos, la CNMC consideró que DKV utilizó como pretexto una exigencia normativa inexistente para modificar sus pólizas de forma unilateral. Así, canceló las pólizas de incapacidad temporal de ciertos asegurados autónomos y les incitó a contratar un servicio que, de otro modo, no hubiesen elegido.
Esas conductas podrían constituir un acto de competencia desleal según el artículo 3 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC), y los artículos 4 y 5 de la Ley de Competencia Desleal (LCD).
COMPROMISOS
Durante la instrucción del procedimiento sancionador, DKV solicitó la terminación convencional del expediente a través de una serie de compromisos que resolverían los problemas de competencia detectados.
Por un lado, se compromete a indemnizar a sus clientes con la cantidad que les correspondería si, durante la pandemia, sufrieron un siniestro de incapacidad temporal. Esto incluye a los asegurados que no pidieron la indemnización porque pensaban que la póliza ya no estaba en vigor, y a los asegurados que habían aceptado que DKV eliminara su póliza de forma unilateral.
Por otro lado, DKV también compensará a aquellos autónomos que contrataron un seguro de incapacidad temporal con otra compañía cuando supieron que su póliza de baja laboral se anulaba.
Por último, DKV se compromete a resarcir a aquellos receptores de la comunicación que contrataron la cobertura de hospitalización. En esos casos, les devolverá el dinero indebidamente percibido y les permitirá darse de baja del servicio sin ningún tipo de condicionante.
DKV deberá llevar a cabo una campaña activa con los asegurados para comprobar si se han producido las situaciones que se pretenden remediar.
Además, realizará el seguimiento de dicha campaña y comunicará los compromisos de manera clara y expresa para que los afectados puedan entender y valorar las medidas propuestas, y recibir sus compensaciones mediante trámites sencillos.
La CNMC considera que estos compromisos solucionan de forma adecuada los problemas de competencia detectados, y vigilará su cumplimiento.
(SERVIMEDIA)
10 Feb 2023
MMR/clc