MEMORIA HISTÓRICA

CINCO MAGISTRADOS ASEGURAN QUE LA AUDIENCIA NACIONAL NO PUEDE ORDENAR LA PARALIZACIÓN DE LAS EXHUMACIONES

- Creen que la Sala de lo Penal tomó esta decisión "al margen del procedimiento" y vulnerando las normas procesales

MADRID
SERVIMEDIA

Los cinco magistrados de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que votaron el pasado viernes en contra de la paralización de las exhumaciones de víctimas de Franco ordenadas por el juez Baltasar Garzón sostienen que el Pleno tomó esta decisión "al margen del procedimiento" y vulnerando las normas procesales.

Así lo expresan los magistrados de la Sala de lo PenalTeresa Palacios, Manuela Fernández Prado, Ángeles Barreiro, Javier Martínez Lázaro y Ramón Sáez Valcárcel en el voto particular con el que se oponen a la paralización de las exhumaciones ordenadas por Garzón dentro de la causa que investiga los crímenes de la Guerra Civil y el franquismo.

Estos magistrados consideran que la decisión del Pleno, que fue adoptada por diez votos a favor y sus cinco votos en contra tras una tensa reunión de dos horas y media, fue "procesalmente incorrecta".

El voto particular indica que la decisión del Pleno fue adoptada "al margen del procedimiento, sin audiencia de las partes y sin que fuera a través de un recurso", por lo que entienden que, en realidad, lo que se hizo fue "dirigir una orden" a Garzón, algo que vulnera el artículo 12.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Este artículo establece que "no podrán los jueces y tribunales corregir la aplicación o interpretación del ordenamiento jurídico hecha por sus inferiores en el orden jerárquico judicial, sino cuando administren justicia en virtud de los recursos que las leyes establezca".

Además, señalan que los autos con los que Garzón autorizó la apertura de 25 fosas comunes soló podrían haber sido impugnados a través de "recursos de reforma y apelación" y no mediante una ampliación de un incidente de competencia como hizo el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza.

"El escrito presentado por el Ministerio Fiscal, que ha provocado este acuerdo del Pleno, no es un recurso", destaca el voto particular subscrito por los cinco magistrados.

Por todo ello, los magistrados Palacios, Fernández Prado, Barreiro, Martínez Lázaro y Sáez Valcárcel consideran que la el Pleno de la Sala de lo Penal "debió haberse limitado a decir que no cabía atender lo pedido" por el fiscal jefe Zaragoza.

En la práctica, la decisión adoptada por el Pleno el pasado viernes paralizó la apertura de las 25 fosas ordenadas por Garzón, entre ellas la que se supone que alberga los restos del poeta Federico García Lorca, situada entre los municipios granadinos de Alfácar y Víznar.

(SERVIMEDIA)
10 Nov 2008
M