Educación
Cicae aplaude que el Supremo siente jurisprudencia sobre la defensa de la enseñanza privada independiente
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La Asociación de Colegios Privados Independientes (Cicae) aplaudió este martes que "el Tribunal Supremo reconoce, por segunda vez, estableciendo así jurisprudencia, la legitimación de Cicae para defender a sus centros asociados, incidiendo en que la asociación tiene como uno de sus fines la defensa de la identidad propia de la enseñanza privada independiente y de los intereses económicos y profesionales de sus asociados ante cualquier organismo".
En un comunicado, la asociación subrayó que recurrió por segunda vez en casación ante el Tribunal Supremo frente a una nueva sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que rechazó en primera instancia su legitimación para recurrir en este caso las autorizaciones a los colegios concertados madrileños para el cobro de cuotas por actividades complementarias.
Según explicó Cicae, el Supremo considera en esta sentencia que la asociación tiene un “interés legítimo” y de “carácter competitivo” que le otorga legitimación para defenderse ante las resoluciones de la Administración madrileña que comporten un perjuicio para sus asociados, todos ellos colegios privados no concertados.
En concreto, según el comunicado, Cicae recurrió en vía contencioso-administrativa una Resolución de la Comunidad de Madrid que autorizó los precios de las actividades complementarias de un centro concertado. Dicho acto se dictó en aplicación de las instrucciones acerca de los precios por actividades complementarias y asignación de cuotas por servicios escolares y actividades extraescolares para el curso 2019-2020, que también fueron impugnadas por Cicae. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid inadmitió el recurso por apreciar falta de legitimación de la asociación, continuó la organización.
VENTAJA COMPETITIVA
Cicae argumentó en su recurso ante el Supremo que su interés en el asunto era muy real y acorde con sus fines estatutarios porque “si la enseñanza supuestamente lucrativa pierde su naturaleza, y añade a su financiación pública el beneficio obtenido por el cobro de cuotas incontroladas, el resultado es una ilegítima ventaja competitiva frente a los centros privados no concertados”.
Para el catedrático de Derecho Administrativo José Manuel Sala, que ha actuado como letrado de la Asociación, "Cicae no se opone al sistema de conciertos, pero aboga por el cumplimiento de la legislación vigente, que reconoce el derecho a la gratuidad de la enseñanza sostenida con fondos públicos, especialmente en lo que se refiere a las actividades escolares complementarias y de servicios que deben cumplir los requisitos de ser voluntarias, no tener carácter discriminatorio para los alumnos, no formar parte del horario lectivo y carecer de carácter lucrativo".
(SERVIMEDIA)
02 Jul 2024
AHP/gja