Entorno digital

El CGPJ respalda la nueva ley de protección de menores en entornos digitales

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó este miércoles por unanimidad el informe sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica para proteger a los menores de edad en los entornos digitales, que es valorada positivamente por adecuarse a los compromisos internacionales y la normativa vigente.

Según informó el CGPJ, el dictamen fue preparado por la Comisión de Estudios e Informes, con los vocales Lucía Avilés y José Antonio Montero como ponentes, quienes celebran la protección "específica" de los menores en el ámbito digital.

La nueva normativa tiene un enfoque integral y transversal que busca mejorar la información sobre riesgos y beneficios del uso de dispositivos digitales por menores, además de potenciar la acción de los servicios sanitarios en prevención y asistencia.

El texto introduce en el Código Penal la pena de prohibición de acceso o comunicación a través de redes sociales, foros y plataformas virtuales. El CGPJ considera "muy positiva" esta regulación, que hasta ahora no existía de forma específica.

CONTROL Y VIGILANCIA

El informe sugiere establecer como obligatoria, no potestativa, la prohibición de acceso a entornos digitales cuando sustituya penas de prisión para proteger a menores, similar a lo establecido en delitos de violencia de género.

Los vocales recomiendan que la prohibición de comunicación por medios telemáticos pueda adoptarse como medida cautelar preventiva. También señalan la ausencia de previsiones específicas sobre reparación del daño cuando el delito se comete en espacios virtuales.

El anteproyecto regula penalmente la "ultrafalsificación" o 'deepfake', referida a manipulaciones extremas de imágenes y sonidos que parecen reales. El CGPJ propone incluir agravantes cuando la víctima sea menor, discapacitada o tenga relación afectiva con el autor.

La reforma contempla tipos agravados por el uso de identidades falsas en delitos contra menores o personas con discapacidad, especialmente para ganarse su confianza. Las penas se impondrán en su mitad superior cuando se utilicen identidades ficticias.

El texto modifica la Ley General de Comunicación Audiovisual para obligar a las plataformas de vídeos a implementar sistemas de verificación de edad que protejan a menores de contenidos perjudiciales como violencia o pornografía.

PROTECCIÓN DE DATOS

Se faculta a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para interrumpir servicios o retirar contenidos, con autorización judicial previa, cuando se incumplan las obligaciones de revisión de edad que protegen a menores.

El CGPJ advierte que la norma necesita mayor precisión jurídica en los supuestos que permiten restricciones de derechos fundamentales, sugiriendo definir claramente cuándo la CNMC puede tomar estas medidas.

La edad mínima para consentir el tratamiento de datos personales se eleva de 14 a 16 años, adaptándose a la normativa europea. El CGPJ valora que esto favorece la seguridad jurídica al establecer un régimen general.

Sin embargo, el informe señala posibles discrepancias entre la capacidad para ejercer el derecho a protección de datos (16 años) y otros derechos fundamentales, como intimidad e imagen, que solo requieren madurez suficiente.

El texto recibió respaldo unánime del Pleno por considerar que mejora sustancialmente la protección de menores en el entorno digital, aunque propone algunas modificaciones para reforzar su efectividad y seguridad jurídica.

(SERVIMEDIA)
13 Nov 2024
NBC/clc