EL CGPJ NO APRUEBA UNA PROPUESTA PARA CONFIRMAR LAS MEDIDAS CONTRA LA LIBERTAD DE INFORMACION ACORDADAS POR EL SUPREMO
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El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no aprobó hoy la ratificación de las medidas limitadoras de la libertad de información acordadas por el Tribunal Supremo, tal como proponía el vocal Wenceslao Díaz Argal en un informe n el que se mostraba contrario a la admisión del recurso de alzada interpuesto por 40 periodistas de tribunales y por la Federación de Asociaciones de la Prensa de España (FAPE) contra dichas medidas, del que fue ponente.
Según informaron hoy fuentes de ese organismo, el pleno del CGPJ tampoco se pronunció a favor de estimar dicho recurso de los informadores, dado que a lo largo de las dos horas que dedicó a estudiar este asunto ninguna de las opciones, admitirlo o rechazarlo, obtuvo el número suficiete de votos para ser aprobada, un total de 10.
Las citadas fuentes explicaron que, por ello, la Comisión Permanente del CGPJ deberá nombrar a un nuevo ponente para que vuelva a hacer un informe sobre el recurso de los periodistas, designación que podría realizar en su reunión de la próxima semana.
Tanto el recurso de los periodistas de tribunales como el de la FAPE solicitaban la anulación del acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo que, entre otras medidas, prohibe el acceso de los mdios de comunicación con cámaras fotográficas, video o de televisión a cualquier actividad del Alto Tribunal que no sean los actos gubernativos solemnes.
Además, el Alto Tribunal estipuló que los demás medios de comunicación, aunque podrán acceder a los actos del Tribunal Supremo debidamente acreditados, recibirán la información que genere esa institución canalizada a través de un Gabinete Técnico y en una sala de prensa, lo que implica que no podrán acceder libremente a las fuentes.
A juicio de os periodistas, dichas medidas "cercenan los principios constitucionales que amparan el derecho a dar y recibir información sobre asuntos de máximo interés público" y fueron adoptadas por un órgano incopetente para ello, la Sala de Gobierno.
Los informadores alegaron en su recurso que en las medidas adoptadas "subyace una pésima comprensión de la función de los medios de comunicación" y señalaron que las mismas "privan a los ciudadanos de su derecho a obtener una información directa e independiente (aejada tanto de las notas oficiales como de las confidencias ) sobre procesos judiciales que interesan a la opinión pública".
Asímismo, destacaron que ese acuerdo es de "tal perniciosa entidad que no solamente supone la vulneración del derecho de la profesión periodística a comunicar libremente, sino incluso el dercho del resto de los ciudadanos de un Estado de Derecho a recibir información veraz".
Sin embargo, en su informe, Díaz Argal consideró que esas medidas no vulneran ningún derecho y propuo la desestimación de los recursos, lo que no fue aceptado hoy por el pleno del CGPJ.
(SERVIMEDIA)
29 Nov 1995
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