EL CGPJ EXPEDIENTA A GARZON POR SUPUESTA REVELACION DE SECRETO Y DESCONSIDERACION HACIA LOS FISCALES

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Disciplinaria del ConsejoGeneral del Poder Judicial (CGPJ) decidió hoy abrir un expediente al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por dos supuestas faltas, una de revelación de secreto y otra de desconsideración hacia el Ministerio Fiscal.

La Comisión Disciplinaria del Poder Judicial considera que hay indicios de que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional ha incurrido en dos faltas sancionables por parte del CGPJ, debido a las revelaciones contenidas en el libro "Garzón: El hmbre que veía amanecer", de la periodista Pilar Urbano.

La Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) considera que la revelación por el juez de hechos o datos conocidos en el ejercicio de su función es una falta disciplinaria muy grave cuando causa algún perjuicio a la tramitación de un proceso o a cualquier persona. Cuando el perjuicio no se produce, la LOPJ establece que la revelación de secreto es una falta disciplinaria grave.

En cuanto a la desconsideración hacia el Ministerio Fiscal, concretamnte hacia algunos fiscales de la Audiencia Nacional mencionados en el libro, se considera que es una falta grave o leve dependiendo del grado de la falta de respecto cometido.

Las faltas disciplinarias muy graves están castigadas con sanción de traslado forzoso, suspensión de hasta tres años o separación el servicio; las graves están penadas con multa de entre 50.000 y 500.000 pesetas; y las leves con una advertencia o con una multa de hasta 50.000 pesetas, o con ambas.

De esta forma, la ComisiónDisciplinaria toma en cuenta el informe que le elevó el Servicio de Inspección del CGPJ, en el que se proponía que se abriese un expediente a Garzón, con el fin de averiguar si ha cometido una falta grave o muy grave.

INVESTIGACION

El magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo Luis Ramón Martínez Garrido será quien instruya el expediente abierto a Garzón y quien realice todas las diligencias que considere oportunas para averiguar si realmetne cometió las supuestas faltas descritas o no.En caso negativo, el caso se archivará, pero de confirmarse los indicios, deberá proponer la sanción que estime más adecuada.

En este último caso, si se concluye que se cometió una falta muy grave, deberá ser el Pleno del CGPJ el que decida la sanción que debe imponerse a Garzón. Si se considera que la actuación objeto de castigo fue de carácter grave o leve, será la propia comisión disciplinaria la que imponga la pena.

Esta intervención del CGPJ contra Garzón se produce a petición de la Sala de obierno de la Audiencia Nacional reunida el pasado 11 de diciembre de 2000.

En dicha reunión, la Sala de Gobierno acordó remitir al CGPJ un escrito en el que se sumaba al reproche que el CGPJ dedicó a los socialistas Juan Carlos Rodríguez Ibarra y Alfonso Guerra, por decir que la Audiencia Nacional era un "nido de prevaricadores" y una "cueva de serpientes".

Asimismo, en dicho escrito la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional hacía constar que tales manifestaciones se hicieron en relación al lbro y dejaba en manos del máximo órgano de gobierno de jueces y magistrados la evaluación de las revelaciones contenidas en el texto de Pilar Urbano.

Tras recibir el escrito de la Audiencia Nacional, el CGPJ decidió, ese mismo mes, abrir las diligencias informativas que hicieron que el Servicio de Inspección propusiera que se expedientase a Garzón.

(SERVIMEDIA)
12 Feb 2001
VBR