CESID. EL SUPREMO ACUERDA DESCLASIFICAR TODOS LOS DOCUMENTOS PEDIDOS POR LOS JUECES EXCEPTO TRES

-Rechaza desclasificar un documento sobre la creación de un Grupo Especial Contraterrorista dependiente de Interior, otro sobre la compra de armas en Suráfrica, y un tercero sobre un pacto con la mafia, todos ellos pedidos por Garzón

-La resolución de la Sala Tercera no será notificada al Gobierno hasta el mes de abril

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala Tercera del Tribunal Supremo acordó hoy desclasificar todos los documentos, excepto tres, que habían pedido al Gobierno los jueces Baltasar Gazón, Javier Gómez de Liaño y Justo Rodríguez para sus investigaciones sobre la 'guerra sucia' contra ETA.

En total, eran 20 los documentos solicitados, ya que dos de ellos los habían pedido por doble partida Garzón y Gómez de Liaño, pero de esos 20, el Gobierno ya había comunicado al Tribunal Supremo que 4 no existían en los archivos del CESID.

Sin embargo, el Alto Tribunal decidió hoy que el Gobierno debe entregar a esos tres jueces un total de 13 documentos de los 16 solicitados, al considerarque su contenido no afecta a la seguridad del Estado.

Después de cerca de 24 horas de deliberación y tres días y medio de reuniones, los 33 magistrados de la Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal acordaron revocar parcialmente el acuerdo adoptado el pasado 2 de agosto por el Consejo de Ministros, por el que el Ejecutivo se negó, alegando razones de Seguridad del Estado, a desclasificar dichos papeles.

Esta decisión fue comunicada más de una hora después de que los magistrados concluyesen defintivamente sus deliberaciones mediante una nota de prensa entregada a los periodistas, en la que figura una relación de los documentos cuya desclasificación habían acordado, sin hacer ninguna otra valoración o explicar los motivos.

COMUNICACION EN ABRIL

Así, el tribunal ordenará al Gobierno que entregue un total de 12 documentos al juez Garzón, quien había reclamado 15 para sus investigaciones del 'caso Oñaederra'; y uno al juez Gómez de Liaño para el 'caso Lasa y Zabala', aunque éste es el mismo queuno de los que será facilitado a Garzón. El juez de San Sebastián Justo Rodríguez, por su parte, recibirá el único documento que había reclamado y que hace referencia al 'caso Urigoitia' que este magistrado investiga.

Sin embargo, esta entrega no ocurrirá al menos hasta el próximo mes de abril, dado que la Sala aún tardará varios días en redactar las tres sentencias -una por cada recurso interpuesto contra la negativa del Gobierno a desclasificar los papeles- y en notificarlas al Ejecutivo, momento a artir del cual éste podrá adoptar la decisión de entregarlos, tal como ya ha anunciado.

PETICIONES DE GARZON

En concreto, Garzón podrá disponer de la nota de despacho del 9 de febrero de 1983, que hace referencia a las bajas en el CESID de los sargentos Enrique Bayo y Pedro Gómez Nieto, ambos imputados en el 'caso Oñaederra'; la nota de despacho del 14 de septiembre de 1983, que recoge un acuerdo del CESID con la Guardia Civil para que Bayo y Gómez Nieto continúen desempeñando las mismas misiones a esar de que su cambio de destino a la Benemérita; y otra nota de despacho del 11 de septiembre de 1986 que consiste en un informe elogioso elaborado por el coronel Juan Alberto Perote sobre Gómez Nieto.

Asímismo, accederá a la nota de despacho del 6 de julio de 1983, denominada 'acta fundacional' de los GAL; a otra nota de trámite interno del 19 de diciembre de 1984, en la que el coronel Juan Alberto Perote relata una supuesta reunión de la cúpula del CESID a mediados de 1983 para elaborar el 'acta fudacional'; así como a la nota de despacho del 28 de septiembre de 1983, en el que "de fuente totalmente segura" se anuncia el inicio de acciones violentas en el sur de Francia, y a una hoja de despacho de esa misma fecha, que es la carátula de la nota anterior en la que figura la anotación hecha por el entonces director del CESID, Emilio Alonso Manglano, de "Me lo quedo. Pte. para el viernes".

Según Manglano, la palabra "Pte" significa "pendiente", mientras que Perote declaró al juez que quería decir ara despachar con el "presidente".

Igualmente, Garzón tendrá un informe de fecha 20 de abril de 1983 sobre la relación de armamento que existía sin legalizar en la Agrupación Operativa del CESID que Perote dirigía; otra hoja de despacho del 16 de noviembre de 1983 por la que se explica que desde abril de ese año se está intentando crear una base logístia en el sur de Francia y que un equipo del CESID había contactado con el etarra Eugenio Etxebeste "Antxon"; y otra hoja de despacho del 25 de abril de984 que describe la situación de debilitdad por la que atravesaba el grupo terrorista Comandos Autónomos.

Finalmente, el magistrado podrá incorporar a sus actuaciones la nota de despacho del 24 de octubre de 1984 que habla de la creación de un grupo de operaciones especiales de la Guardia Civil y de la nota de trámite interno del 19 de diciembre de 1984 que es un informe sobre actividades en el sur de Francia en ese año y menciona como posibilidad la realización de alguna acción física contra miembrosde ETA en el País Vasco francés.

LOS DOCUMENTOS DENEGADOS

Sin embargo, el Alto Tribunal deniega a Garzón dos notas de trámite interno del 23 de mayo de 1984, en la que Perote sugería comprar armas sin rastro en Suráfrica, y del 24 de octubre de 1984, que alude a la creación de un Grupo Especial Contraterrorista dependiente del Ministerio del Interior. Tampoco dispondrá de otra nota de trámite interno del 25 de abril de 1984 en la que Perote sugería un pacto del CESID con la Mafia para que ésta colabrase en la lucha contra ETA.

Además de estos documentos, Garzón también había pedido al Gobierno un escrito con dos supuestas conversaciones entre Gómez Nieto y el general Enrique Rodríguez Galindo, atribuída al primero, en la que el general habría impartido instrucciones para actuar ilegalmente contra ETA en Francia, así como otros dos papeles que hacían referencia al sello de los GAL. Sin embargo, el Gobierno ya había informado al Alto Tribunal de que dichos documentos no existían en el CESID.

or su parte, el juez Gómez de Liaño dispondrá de la nota de despacho del 28 de septiembre de 1983 -sobre el inicio de acciones- que también le será entregada a Garzón, pero, al igual que éste, no podrá tener las conversaciones de Galindo y Gómez Nieto y otra de éste con Perote, dado que, según el Gobierno, no existen.

Finalmente, el juez de San Sebastián, que investiga la muerte de la etarra Lucía Urigoitia, podrá incorporar a sus investigaciones un nota interior del 3 de diciembre de 1987 en la que Prote describe la supuesta manipulación de pruebas para ocultar las circunstancias en las que murió aquella.

SEGURIDAD DEL ESTADO

Para adoptar esta decisión, los magistrados han estudiado un por uno los documentos durante los cuatro días en que han estado reunidos, valorando en cada uno de ellos si afecta a la seguridad del Estado y si, además, su contenido podía amparar algún tipo de delito.

Al término del análisis de cada papel, el ponente de cada uno de los tres recursos expresaba su parecer obre la desclasificación de dicho documento, tras lo cual los magistrados procedían a votar sobre su entrega a los jueces.

Los magistrados, sin embargo, no iniciaron este análisis pormenorizado hasta la tarde del pasado jueves, en que concluyeron su sesión habiendo estudiado tres, dado que desde el inicio de sus reuniones, el pasado miércoles, hasta entonces estuvieron intercambiando impresiones generales sobre la materia, calificada por todos como muy compleja.

VOTOS PARTICULARES

La extensión e las deliberaciones durante cerca de 24 horas se debió a dicha complejidad de la materia sobre la que debían pronunciarse así como las diferencias de criterios que mantuvieron los 33 magistrados sobre la posibilidad de desclasificarlos, por lo que no se descarta que en las resoluciones que hagan públicas en los próximos días se incluyan algún voto particular de los jueces que se han opuesto a levantar el secreto sobre los papeles.

Este sector, entre otras razones, alegaba para oponerse a la desclasifcación la posible incidencia negativa que este hecho podría tener en la imagen exterior de los servicios de inteligencia.

La decisión adoptada hoy por la Sala Tercera es consecuencia de la interposición de tres recursos contencioso administrativos contra el acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 2 de agosto por parte del abogado Iñigo Iruín, que ejerce la acusación particular en los casos Lasa y Zabala, Oñaderra y Urigoitia.

Iruín presentó las impugnaciones al amparo de la Ley sobre Proteccin Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona, al considerar que la negativa del Gobierno a desclasificarlos vulneraba el derecho a acceder a las pruebas. Esta vía es mucho más rápida que el recurso ordinario, por lo que en 6 meses se ha podido conocer la resolución.

Durante la tramitación de los recursos, la Fiscalía del Tribunal Supremo apoyó la desclasificación de los documentos, al considerar que no afectaban a la seguridad nacional, mientras que el Abogado del Estado sostuvo la posción contraria.

Además, los magistrados practicaron como prueba el pasado 12 de febrero, a petición de Iruín y el fiscal, el examen secreto de los documentos, momento en el que comprobaron que no afectaban a la seguridad nacional.

(SERVIMEDIA)
22 Mar 1997
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