CESID. CASCOS CERTIFICA QUE EL CONSEJO DE MINISTROS NO AUTORIZO LA REMISION DE UN INFORME SECRETO AL SUMARIO CONTRA PEROTE

MADRID
SERVIMEDIA

El vicepresidente primero del Gobierno, Francisco Alvarez Cascos, ha remitido un certificado a la dfensa de Juan Alberto Perote en el que señala que el Consejo de Ministros no autorizó al ex director general del CESID Félix Miranda a remitir al sumario por el que el coronel será juzgado a partir del próximo lunes un informe secreto que sirvió de base para el encarcelamiento y acusación del militar, según informaron a Servimedia fuentes de la defensa.

De acuerdo con estas fuentes, este certificado acredita la nulidad de dicho informe, que constituye la segunda prueba de cargo contra el coronel, al hber sido remitido por Miranda sin contar con el permiso del Ejecutivo, en contra de lo establecido por el artículo 11.2 de la Ley de Secretos Oficiales y por la sentencia dictada el 14 de diciembre de 1995 por el Tribunal de Conflictos de Jurisdicción, que señalan que la clasificación y desclasificación de materias secretas corresponde exclusivamente al Consejo de Ministros.

En el dictamen, remitido al juzgado militar en noviembre de 1995, el ex director del CESID aseguraba que las notas de despacho d cuya apropiación está acusado el militar constituyen "en su conjunto información legalmente clasificada". Este informe iba revestido de la condición de "secreto".

Sin embargo, en su certificado -que la defensa de Perote tuvo que pedir directamente al Gobierno al negarse a solicitarlo la justicia militar-, Alvarez Cascos señala que se ha procedido a consultar las actas y archivos del Consejo de Ministros del periodo inmediatamente anterior a la remisión del informe secreto de Miranda "sin que tras la úsqueda efectuada se tenga constancia de la existencia de acuerdo alguno del Consejo de Ministros con denominación idéntica o análoga" a la que la defensa de Perote señalaba en su solicitud.

Por ello, para la defensa del militar este certificado demuestra la nulidad de dicha prueba que, a su juicio, constituye la única que la acusación presentó para argumentar que la información presuntamente sustraída por el coronel afectaba a la seguridad nacional.

Este hecho se une al recurso presentado la semna pasada por el coronel ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el que solicita la nulidad la otra prueba de cargo existente contra él.

Esta consiste en el acuerdo del Consejo de Ministros del 28 de noviembre de 1986 que declaró secretos los documentos del CESID, al otorgar ese grado de clasificación a la estructura, organización, medios y procedimientos operativos de los servicios de información, así como sus fuentes y cuantas informaciones o datos puedan revelarlas. Sin embargo, Perote alega en su recurso que ese acuerdo, y por tanto la clasificación de secretos de los documentos, carece de validez, dado que nunca fue publicado en el BOE, requisito necesario para que entre en vigor, y además fue adoptado con infracción de lo establecido en la Ley de Secretos Oficiales y en la legislación administrativa.

En su recurso, la defensa de Perote solicitó al Alto Tribunal que suspenda el trámite de dictar sentencia por parte del Tribunal Militar Central, pero no la supensión del juicio, petición que también ha hecho al tribunal que juzgará al coronel, así como a la Fiscalía General del Estado.

(SERVIMEDIA)
03 Jun 1997
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