EL CES PIDE QUE EL CONCEPTO DE FAMILIA NUMEROSA SEA IGUAL EN TODO EL ESTADO
- Aprobó hoy el ditamen de proyecto de Real Decreto del Reglamento de la ley de protección a las familias numerosas
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El Pleno del Consejo Económico y Social (CES) pidió hoy que el concepto de "familia numerosa" sea igual para todo el Estado y aprobó, por unanimidad de 45 votos a favor, el proyecto de Real Decreto del Reglamento de la Ley de protección a las familias numerosas.
El CES señaló que "el Estado debe garantizar la cohesión social en esta materia", y pidió que se garantice un nivel mínimo y homogéneo de beneficios para todo el Estado, con mecanismos de coordinación de las Comunidades Autónomas (dada la actual diversidad de ayudas existentes aprobadas por las CCAA y las corporaciones locales).
El contenido del proyecto gira, de un lado, en torno a la concreción de los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de la condición de familia numerosa.
Por otro lado, se centra en el desarrollo de una serie de beneficios para las familias numerosas. Entre estos beneficios destacan las bonificaciones de cuotas de la Seguridad Social por la contratación de cuidadores en familias numerosas y las prestaciones familiares de la Seguridad Social.
BONIFICACIONES
En relación a estas bonificaciones de cuotas de la Seguridad Social por la contratación de cuidadores en familias numerosas, el texto afirma que deberían ser financiadas con cargo a la fiscalidad general, vía presupuestos, y no con cargo a cuotas.
El CES recordó, en este sentido, que de acuerdo con las recomendaciones del Pacto de Toledo, la financiación de las prestaciones de naturaleza contributiva dependen básicamente de las cotizaciones sociales, mientras que la financiación de las prestaciones no contributivas y universales (tales como las referidas a sanidad, servicios sociales y prestaciones familiares), dependen exclusivamente de la imposición general.
Respecto al subsidio de educación especial, la propuesta considera necesario eliminar la excepcionalidad de su concesión para menores de dos años, siempre que los equipos correspondientes hayan certificado la necesidad de escolarización más temprana por razón de la edad.
Se considera necesario, asimismo, que quede clara la naturaleza de subsidio y no de subvención de esta medida, y que, respecto a su revisión anual, se garantice siempre la adecuación, actualización y suficiencia económica de las cuantías que se dediquen a este fin.
Por último, respecto a las bonificaciones de cuotas por la contratación de cuidadores de personas dependientes, la propuesta reitera la confusión que genera abordar este tipo de cuestiones cuando se encuentra abierto un proceso de diálogo social.
(SERVIMEDIA)
20 Jul 2005
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