EL CES APLAUDE EL ANTEPROYECTO DE CONCILIACION DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL, PERO PIDE QUE SE COMPLEMENTE CON SERVICIOS DE ATENCION

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejó Económico y Social (CES) expresó hoy su satisfacción por la propuesta de dictamen del anteproyecto de ley para promover la conciliación de la vida familiar y laboralde los trabajadores, si bien señaló que las reformas legales deben complementarse con servicios de atención a las personas.

Según un comunicado difundido hoy por el CES, facilitar una mayor conciliación entre la actividad laboral y las necesidades de cuidados y atención a la familia debe ser acogido, con carácter general, de forma "positiva".

Sin embargo, el CES advierte de que actuar sólo desde las reformas legales "es insuficiente" y que, incluso en determinados casos, un exceso de protección pdiera tener "efectos indeseables" sobre la efectiva igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

En opinión del CES, un complemento necesario para que la conciliación de la vida laboral y familiar pueda producirse es promover la creación de servicios de atención a las personas.

"Los nuevos yacimientos de empleo derivados de las nuevas demandas de cuidados profesionales a diversos colectivos", señala la nota, "deben recibir el impulso de las políticas de empleo y de fomento de igualdad de oprtunidades".

En este sentido, el CES echa en falta una referencia concreta a cómo se van a insertar las medidas legislativas propuestas en una política más amplia que aborde el conjunto del problema.

Por otra parte, el CES considera necesario reflexionar sobre la incidencia que estas nuevas reformas de la relación laboral tienen sobre el sistema de Seguridad Social, "más allá de su coste inmediato de implantación".

Añade que estas medidas deberían ser objeto de una consideración global en elcontexto del actual proceso de racionalización y consolidación del sistema de la Seguridad Social y de la separación de sus fuentes de financiación.

Junto a estas observaciones de carácter general, el dictamen emite otras más concretas relativas al articulado del anteproyecto de ley. En primer lugar, considera que los derechos de prestación económica en caso de suspensión del contrato ante riesgos en el embarazo deberían ampliarse a trabajadoras por cuenta propia de Regímenes Especiales que se encuenten en la misma situación.

En esta misma linea, el dictamen insta a la creación de una modalidad singular de contratación de interinidad para suplir a trabajadoras por cuenta propia o autónomas con los mismos incentivos que se aplican a los contratos con trabajadores desempleados para sustituir a trabajadores con contrato suspendido por maternidad, riesgo durante el embarazo, adopción y acogimiento.

Otra de las observaciones al articulado se refiere a la situación de suspensión del contrato por risgo de embarazo. En este caso, el CES considera que este derecho se debería ampliar al periodo de lactancia, "pues si el riesgo para la salud en determinados puestos de trabajo puede afectar por igual a la embarazada y al feto y a la trabajadora que ha dado a la luz y a la lactancia, la protección debería ser la misma".

Por último, respecto a la modificación de dos artículos del Estatuto de los Trabajadores (54.4.b y 55.5.b), relativos a la extinción del contrato de trabajo, el CES considera que la nuva redacción puede suponer una reforma sustancial de la regulación del despido, "que trasciende la conciliación de la vida familiar y laboral".

"Se advierte, en este sentido, una discrepancia entre la memoria justificativa, que se refiere a los supuestos de suspensión de maternidad, riesgo durante el embarazo, adopción y acogimiento, permisos por maternidad, parental o disfrute de periodos de excedencia por razones familiares, y el más amplio del anteproyecto reflejado en su articulado, que se refierea todos los supuestos de suspensión del contrato de trabajo", concluye la nota del CES.

(SERVIMEDIA)
28 Abr 1999
SBA