EL CERMI Y TECHNOSITE ASESORAN A LAS GRANDES EMPRESAS EN MATERIA DE ACCESIBILIDAD WEB - Abren una línea de asesoría técnica y editan unos folletos informativos sobre la obligatoriedad legal y sus ventajas competitivas
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El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha abierto una línea de asesoría técnica con la empresa Technosite, del grupo Fundosa (Fundación ONCE), experta en la adaptación y desarrollo de los sitios webs accesibles.
Fruto de esta colaboración, la plataforma representativa de la discapacidad y la empresa han elaborado un folleto informativo sobre la obligatoriedad legal y las ventajas competitivas de incluir en las grandes empresas la accesibilidad en las páginas web.
Esta colaboración responde a las obligaciones que establece la Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información, que establece que las páginas de Internet de las empresas que presten servicios al público en general y que sean de especial transcendencia económica deben ser accesibles.
La obligación de accesibilidad, que ya estaba regulada para las páginas de Internet de las Administraciones Públicas, se extiende ahora a las páginas web financiadas con fondos públicos y a las entidades y empresas que se encarguen de gestionar servicios públicos, en especial, de los que tengan carácter educativo, sanitario y de servicios sociales.
Como se indica en estos folletos, contar con páginas web accesibles es para las empresas una ventaja competitiva. La accesibilidad no sólo se traduce en un mayor número de visitas, sino que también afianza la imagen institucional, especialmente entre los usuarios con discapacidad y las personas de edad avanzada. Las sitios web accesibles son más fáciles de utilizar por todos, resultan mejor indexados por los motores de búsqueda y con menores costes de mantenimiento.
Las empresas afectadas por esta obligación son las que agrupen a más de 100 trabajadores o tengan un volumen anual de operaciones que exceda los 6 millones de euros, siempre que operen en servicios de comunicaciones electrónicas, financieros, de suministro de agua, de gas, de suministro eléctrico a consumidores finales, de agencias de viajes, de transporte de pasajeros o actividades de comercio al por menor.
Las páginas web de estas empresas deberán satisfacer, a partir del 31 de diciembre de 2008, como mínimo, el nivel medio de los criterios de accesibilidad al contenido generalmente reconocidos. Sin embargo, esta obligación no sería aplicable cuando una funcionalidad o servicio no disponga de una solución tecnológica que lo permita.
(SERVIMEDIA)
05 Sep 2008
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