EL CERMI APLAUDE LA APROBACION DE LA JUBILACION ANTICIPADA DE LOS DISCAPACITADOS Y EL II PLAN DE ACCION EN FAVOR DEL COLECTIVO
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El presidente del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad, Mario García, valoró hoy positivamente la aprobación por parte del Gobierno del Real Decreto que regula la jubilación anticipada de los discapacitados y del II Pan de Acción para la Personas con Discapacidad 2003-2007 y los calificó de avances en este año que se celebra el Año Europeo de las Personas con Discapacidad.
"El tema de la jubilación anticipada", explicó García, "es algo que llevamos esperando bastante tiempo, ya que nosotros queremos trabajar y contribuir a la riqueza del país como todo el mundo, lo que ocurre es que las personas afectadas por grandes discapacidades evidentemente no pueden jubilarse como el resto de las personas".
La medida vaa suponer que los trabajadores por cuenta ajena con un grado de minusvalía igual o superior al 65 por ciento podrán adelantar significativamente la edad de acceso a la pensión de jubilación, sin reducción de la pensión, ya que el período de adelanto se les computa como cotizado a la Seguridad Social.
El Real Decreto establece que la edad ordinaria de jubilación, establecida en 65 años, se reducirá en un período equivalente al que resulte de aplicar al tiempo efectivamente trabajado los siguientes coefcientes: 0,25 para trabajadores con minusvalía igual o superior al 65 por ciento y 0,50 en el caso de que el trabajador necesite la ayuda de otra persona para la realización de los actos esenciales de la vida.
De esta manera, un trabajador discapacitado, con un grado de minusvalía del 65 por ciento, que haya cotizado a la Seguridad Social 20 años, podrá jubilarse a los 60 años de edad y se le computarán como cotizados 25 años. Si, además de tener ese grado de minusvalía reconocido, necesita la ayuda d otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, con esos 20 años cotizados podría jubilarse a los 55 años y se le computarían como cotizados 30 años.
En el primer caso (con coeficiente 0,25), por cada cuatro años trabajados se reduce en uno la edad legal de jubilación. En el segundo (con coeficiente 0,50), por cada dos años trabajados se reduce en uno la edad legal de jubilación.
Para el CERMI "esta medida es positiva y hay que felicitarse por haber conseguido el coeficiente del 0,50, ya que es el grado máximo que ofrece la Seguridad Social", subrayó Mario García.
Por otra parte y en referencia al II Plan de Acción para Personas con Discapacidad, Mario García señaló que "el plan comprende cuatro líneas de actuación como son: los grandes discapacitados, el empleo, la accesibilidad y los derechos a servicios sociales".
"El movimiento asociativo", dijo García, "deberá vigilar el que el plan vaya cumpliéndose, ya que el anterior no cuajó como hubiéramos querido. Además, lo que qeremos es que este plan tenga la dotación presupuestaria que se merece".
(SERVIMEDIA)
05 Dic 2003
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