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CASTILLA Y LEÓN RECURRE LAS TRES ÚLTIMAS NORMAS DE LAS DIPUTACIONES FORALES VASCAS SOBRE EL IMPUESTO DE SOCIEDADES

MADRID/VALLADOLID
SERVIMEDIA

El Consejo de Gobierno de Castilla y León anunció hoy la interposición de tres recursos contencioso-administrativos contra las últimas modificaciones a la baja del Impuesto de Sociedades en el País Vasco.

Entre otras ventajas fiscales las diputaciones forales rebajan el tipo general al 28% -cifra que contrasta con el 30% que se aplica en el resto de España- y amplían el concepto de pyme para que más empresas puedan beneficiarse de una tributación menor.

Los recursos se presentarán ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco a propuesta de la consejera castellano y leonesa de Hacienda, Pilar del Olmo, y se unirán a otros ocho de similares características interpuestos por la Junta que están pendientes de resolución.

El Ejecutivo autonómico considera que la aprobación de tipos reducidos del Impuesto de Sociedades en cualquiera de las tres provincias vascas supone un claro ejercicio de competencia fiscal "desleal" que perjudica a las comunidades limítrofes, entre las que se encuentra Castilla y León. De ahí que el Gobierno regional haya intentado siempre impedir su aplicación, señala el acuerdo adoptado hoy.

En concreto, la Junta recurrirá la Norma Foral 8/2008, de 23 de diciembre, de la Diputación de Guipúzcoa. Esta regulación entró en vigor el 31 de diciembre de 2008 y reduce el tipo general del impuesto al 28%, y al 24% en el caso de las pequeñas y medianas empresas (en las demás comunidades autónomas es del 25% hasta 120.202 euros de beneficio, y del 30% para lo que exceda de esta cantidad).

A esto se suman otros cambios que no tienen equivalente en la normativa común, como deducciones más elevadas, denuncia la Junta.

El Gobierno de Castilla y León también interpondrá sendos recursos contra la Norma Foral 7/2008, de 10 de diciembre, de la Diputación de Vizcaya y la Norma Foral 21/2008, de 18 de diciembre, de la Diputación de Álava, que entraron en vigor el 20 y el 30 de diciembre de 2008, respectivamente.

En este caso se amplía el concepto de pyme, lo que incrementa el número de empresas que pueden acogerse al tramo más ventajoso del Impuesto de Sociedades. Además se amplía el plazo para poder aplicarse deducciones o compensar bases de tributación negativas, lo que supone un tratamiento aún más favorable a las compañías domiciliadas en esas provincias.

(SERVIMEDIA)
12 Feb 2009
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