CASINELLO PIDE A GARZON QUE REMITA E 'CASO OÑAEDERRA' AL JUEZ MORENO PORQUE NO ES COMPETENTE PARA INVESTIGARLO
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El defensor del general de la Guardia Civil Andrés Casinello, imputado por el juez Baltasar Garzón en el `caso Oñaederra' junto con los generales Enrique Rodríguez Galindo y José Antonio Sáenz de Santamaría, prsentó hoy al magistrado un escrito en el que le solicita que decline su competencia para investigar esta causa a favor del juzgado central de instrucción número 2 de la Audiencia Nacional. El abogado alega que este juzgado abrió diligencias relacionadas con este caso en 1986 por lo que es el competente y no Garzón, según informaron fuentes jurídicas a Servimedia.
El bufete de Antonio Bernal, abogado del que fue jefe del Estado Mayor del Instituto Armado, confirmó a esta agencia la presentación del docmento, aunque declinó hacer ninguna otra valoración sobre el hecho.
La cuestión de competencia por declinatoria presentada esta mañana en el juzgado de instrucción número cinco consta de 13 folios en los que se solicita a Garzón que decline seguir instruyendo el sumario porque ya en 1986 el juzgado número 2 de la Audiencia Nacional abrió diligencias indeterminadas 78 bis/86 para investigar la implicación de un miembro de los servicios de información de la Guardia Civil en los asesinatos de Ramón Oñaedrra `Kattu' y Mikel Goikoetxea `Txapela', acciones que el magistrado investiga dentro del mismo sumario.
El citado agente, llamado José María Velázquez Soriano, relató en una entrevista publicada por Interviú el 1 de octubre de 1986, cómo él y algunos compañeros de Cuerpo habían formado un comando de los Gal que realizó varios atentados, entre ellos los de Oñaederra y Goikoetxea.
El ex agente, de 38 años, manifestó entonces que el crimen lo ejecutaron "El Alemán, un suboficial y Aitor, un expertoen motos, cuya moto fue utilizada en lo del cuñado de `Txomin', Pérez Arenaza".
Inmediatamente después de la aparición de la publicación, la Guardia Civil abrió una investigación que culminó con la detención de Velázquez el 12 de octubre de 1986 y su puesta a disposición de la Audiencia Nacional.
Entonces fue el juzgado central de instrucción número 2 el que se hizo cargo del caso al serle adjudicado por el turno de reparto y abrió diligencias indeterminadas que, tras tomar declaración a Velázque, fueron transformadas en diligencias previas. Sin embargo, éstas no desembocaron en la celebración de juicio alguno, por lo que pudieron ser archivadas.
En la declaración que entonces prestó ante el juez, Velázquez se desdijo de todas sus afirmaciones publicadas por "Interviú", aunque el pasado 7 de mayo volvió a su versión inicial y declaró ante Garzón que su rectificación se debió a la paliza que le propinaron un grupo de guardias civiles.
La defensa de Casinello considera, por ello, que el jez competente para investigar el 'caso Oñaederra' es el primero que conoció la causa, en este caso el titular del juzgado número 2, Ismael Moreno, y no Garzón, basándose en el artículo 18 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Asimismo, en su escrito, la defensa del general solicita a Garzón que levante el secreto del sumario sobre la parte del mismo que pueda explicar porqué su juzgado es el que está instruyendo el `caso Oñaederra' en lugar del número 2.
De acuerdo con las citadas fuentes, a partr de la presentación de este escrito, Garzón deberá supender la instrucción del caso y sólo podrá realizar aquellas diligencias que tengan carácter urgente.
Indicaron que el juez tendrá que pedir un informe al fiscal sobre su competencia en el caso y, con probabilidad, solicitar al juzgado de Moreno que le informe si allí existen diligencias sobre el asesinado de Oñaederra.
Estos informantes indicaron que Garzón no fijaraá fecha para que declaren Casinello, Sáenz de Santamaría y Galindo en tanto a haya resuelto sobre su competencia en el caso.
El artículo 32 de la Ley de Enjuiciamiento Ciminal señala que cuando se proponga una declinatoria ante un juez, éste estará obligado a resolver en el plazo de dos días, oyendo previamente al fiscal sobre si procede o no la inhibición. En caso de denegación, la decisión es apelable y contra la decisión del Juzgado procederá el recurso de casación.
(SERVIMEDIA)
13 Mayo 1996
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