CAMPAÑA DE LA OCU PARA INFORMAR A LOS VIAJEROS DE SUS DERECHOS EN LA CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE VACACIONES
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La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) lanzó hoy una campaña informativa para recordar a los usuarios cuáles son sus derechos en la contratación y disfrute de los principales servicios que conforman las ofertas de vacaciones, en concreto los referidos a paquetes turísticos, retrasos en el transporte y "overbooking".
José María Múgica, portavoz de la OCU, fue el encargado de presentar, en rueda de prensa, las recomendaciones para hacer frente a las diferentes irregulardades que se presentan en esta época del año como consecuencia de los viajes organizados.
Según recordó, el pasado año las reclamaciones por los retrasos en el transporte aéreo fueron protagonistas de las consultas que recibe la organización y que dieron lugar a una reclamación colectiva en la que participaron 200 usuarios.
En esta ocasión, la OCU quiere anticiparse y explicar todo lo que se debe hacer en el caso de que se produzcan distintas irregularidades. Por lo que se refiere a los viaje combinados, la OCU recomienda contratar los servicios siempre con una agencia que esté adherida al Sistema Arbitral de Consumo y en caso de que surjan problemas reclamar ante la propia agencia. Para ello será necesario recabar todas las pruebas que confirmen la irregularidad que se ha cometido.
Para los retrasos en el transporte de trenes, la organización informa a los usuarios de las indemnizaciones que suponen. Así, para un retraso de un 50% de tiempo previsto para el trayecto, la indemnización acanza el 25% del precio del billete; entre el 50 y el 100%, la mitad del billete; si es igual o superior a la duración del trayecto, el 100%.
Asimismo, en los trenes de cercanías, si el retraso supera la hora, se devuelve el dinero del billete. Lo mismo ocurre en el AVE si el retraso es de 5 minutos o más.
Por otra parte, para los casos de "overbooking" en los viajes aéreos, la OCU informa de las compensaciones que se establecen para los viajeros. En primer lugar, el derecho a elegir si quier una plaza en el siguiente vuelo o la devolución del importe.
Además, si la distancia del vuelo es igual o inferior a 3.500 kilómetros, el usuario tiene derecho a una indemnización económica de 150 euros (unas 25.000 pesetas), que se reduce a la mitad si la llegada al destino del siguiente vuelo implica un retraso de 2 horas. Si la distancia es de más de 3.500 kilómetros, corresponden 300 euros (unas 50.000 pesetas), que se reduce a la mitad si la llegada al destino del siguiente vuelo implica un reraso de menos de dos horas.
En todos los casos, mientras dura la espera el usuario tiene derecho a utilizar el teléfono o el fax, a la manutención y al alojamiento.
RECLAMACIONES
Por último, Múgica explicó las dos vías que existen para reclamar: por un lado la administrativa, que supone una reclamación "fácil, muy lenta, gratuita y no reparatoria", y por otro, la vía reparatoria.
Esta última puede iniciarse con un acuerdo amistoso, que si bien es fácil, rápido y gratuito es también pco factible. El siguiente paso es la mediación, que es el método más eficaz, fundamentalmente si se realiza a través de una asociación de consumidores. A continuación se acudiría al arbitraje, cuyo desenlace es "incierto" y, por último a los tribunales, con un proceso "difícil, lento, caro e incierto".
La OCU recomienda solucionar el caso en la mediación. De hecho, según destacó Múgica, el 60% de las reclamaciones de mediación con las agencias que intentó la organización en 1999 salieron adelante.Otro dato que subrayó es que si el viaje se contrata con El Corte Inglés, la posibilidad de solucionar el caso en mediación es del 100%. Al otro lado se sitúa Halcón Viajes, "que ni siquiera se da por enterada de la reclamación y solamente tiene abierta la vía de los tribunales de justicia".
(SERVIMEDIA)
18 Jul 2000
SBA