EL CABILDO DE LANZAROTE RECURRE LA INHABILITACION DE DIMAS MARTIN Y ACUSA AL SUPREMO DE CREAR INCERTIDUMBRE JURIDICA
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El Cabildo Insular de Lanzarote ha presentado ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo un recurso de súplica en el que pide la anulación del uto dictado por ésta el pasado 1 de julio, que mantenía la condena de seis años de inhabilitación impuesta a su presidente, Dimas Martín, por cohecho y reiteraba que no podía ocupar ningún cargo público durante ese periodo, que concluye el 27 de abril de 1999.
En el recurso -presentado por el cabildo pese a que no está personado en la causa, por lo que probablemente será inadmitido por el Alto Tribunal-, la corporación estima que sus intereses institucionales han sido "gravemente afectados" y asegura ue "se ha creado una incertidumbre jurídica que apareja una intolerable desestabilizacion política que afecta a los intereses generales de los lanzaroteños y de todos los canarios".
Asimismo, alega que "las distintas comunicaciones de la Sala Segunda se han producido en momentos cruciales de la vida política canaria" y que "han determinado una situación en la que se abre paso a la sospecha de que existen intereses distintos a los meramente jurídicos, propiciándose el estado descrito por el señor Martí como de 'persecución política frente a la que no parece haber otra salida que la solicitud de asilo'".
El cabildo argumenta su recurso en que la causa fue tramitada sin haber una acusación particular, por lo que pide explicaciones de esa ausencia.
Además, afirma que el procedimiento se inició según la tramitación ordinaria y después pasó al régimen de causa especial, convalidándose la instrucción previamente practicada por los órganos inferiores, lo que propicia "el que luego la Sala en su sentecia no sepa cuándo se produjo el delito que castiga".
Agrega que en sentencia del pasado 12 de marzo, la Sala condenó a Martín a dos meses de arresto mayor y a seis años y un día de "inhabilitación especial para cargo público", pero señala que interpretar que esa inhabilitación es extensible para todos los cargos públicos es aplicar una "inhabilitación absoluta".
Sin embargo, a juicio del Cabildo de Lanzarote esto no debe ser así, ya que como señaló el Tribunal Constitucional en sentencia del pasdo 20 de mayo, "la inhabilitación especial iba referida al cargo público de alcalde" que ejercía Martín cuando cometió el delito.
Finalmente, esta institución fundamenta su recurso en otras cuestiones, entre ellas el que la sentencia condenatoria de Martín llegase "a manos del PSOE con anterioridad a que los encausados tuviesen conocimiento de la misma".
(SERVIMEDIA)
12 Jul 1993
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