Contratación pública

El BOE publica la modificación de la Ley de Transparencia que impulsa la estadística sobre contratación pública de pymes

- También cambia el impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero

MADRID
SERVIMEDIA

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este sábado la nueva norma que modifica la ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, con el fin de regular las estadísticas de las microempresas, pequeñas y medianas empresas en la contratación pública.

El texto de esta nueva ley destaca el “papel clave” de las pymes en la economía española, al representar el 99,8% del tejido empresarial nacional, representando el 62% del Valor Añadido Bruto (VAB) y el 64,2% del empleo empresarial total.

Por ello, resalta la importancia de que “cualquier política de mejora de la competitividad atienda de forma prioritaria a las pymes”, por lo que considera “esencial” su participación en los procedimientos de contratación pública.

En este sentido, aunque la Ley de Contratos del Sector Público ordena que se facilite la participación de las pymes en la contratación pública, la norma publicada este sábado en el BOE advierte que en 2017 el porcentaje de contratos públicos adjudicados a este tipo de empresas fue de tan solo el 29,45%.

De esta forma, el texto, que quedó aprobado el pasado 30 de junio al concluir el procedimiento parlamentario, señala que “el progreso de las pymes de su acceso y participación en los contratos del sector público implica una recogida de información cuantificable y un tratamiento estadístico de la misma”. De este modo, añade la ley, “disponer de datos que permitan analizar la situación de las pymes en cuanto a adjudicación de contratos públicos, permite contribuir con los objetivos de dicha Ley”.

Así, se considera necesario, “ante la escasez de datos de participación de las pymes en la contratación pública, plantear una modificación de dicha Ley con el objetivo de hacer pública aquella información estadística referida a las categorías de empresas que tratamos”.

Para ello, entre otras medidas, la reforma de la Ley de Transparencia establece que las administraciones públicas publiquen semestralmente los datos actualizados de participación de las pymes en la contratación pública.

GASES FLUORADOS

Por otra parte, esta reforma de la Ley de Transparencia fue aprovechada por el PSOE, con el apoyo de Unidas Podemos, ERC y PNV, para reformar el impuesto a los gases fluorados de efecto invernadero, utilizados, entre otros elementos, en los equipos de refrigeración.

Esto generó las críticas de otras formaciones políticas, como PP, Vox y Ciudadanos, al considerar que esta cuestión no tiene nada que ver con la Ley de Transparencia. A este respecto, mientras que las formaciones críticas denunciaron que la reforma del impuesto no se realizara mediante proyecto de ley, desde el PSOE defendieron que la medida fue debatida siguiendo su propio cauce y que la decisión de introducirla en la reforma de la ley de transparencia responde a acortar plazos para cumplir con la Unión Europea.

En este sentido, cabe señalar que el componente 28 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, titulado ‘Adaptación del sistema impositivo a la realidad del siglo XXI’, recoge, dentro de la “reforma de medidas fiscales que contribuyen a la transición ecológica”, la modificación del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero con el objetivo de garantizar un efectivo control de dichos gases.

En concreto, el texto cambia el hecho imponible, ya que deja de gravar la venta al consumidor final y pasa a gravar directamente la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria, así como su tenencia irregular. Además, crea la figura del “almacenista de gases fluorados”.

Sin embargo, la norma establece algunas exenciones, señalando que “no resultará gravada la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de gases fluorados que vayan a resultar utilizados fuera del territorio español, o que se destinen a ser utilizados como materia prima para su transformación química en un proceso en el que estos gases son enteramente alterados en su composición, o que vayan a ser usados en equipos militares o destinados a ser incorporados en los buques o aeronaves que realicen navegación marítima o aérea internacional, excluida la privada de recreo”.

Tampoco se gravará la importación o adquisición intracomunitaria de gases objeto del impuesto contenidos “en los productos que formen parte del equipaje personal de los viajeros procedentes de un territorio tercero, siempre que no constituyan una expedición comercial”.

Por último, prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 la exención de los gases fluorados destinados a ser utilizados en inhaladores dosificadores para el suministro de ingredientes farmacéuticos. También prorroga, hasta el 31 de diciembre de 2023, la exención de la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de hexafluoruro de azufre destinado a la fabricación de productos eléctricos.

(SERVIMEDIA)
09 Jul 2022
IPS/mjg