LA BASE MINIMA DE COTIZACION A LA SEGURIDAD SOCIAL SUBE UN 4%, Y SE SITUA EN 68.310 PESETAS
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La base mínima de cotización a la Seguridad Social se sitúa este año en 68.310 pesetas mensuales, con una subida del 4 por ciento respecto a 1992, incremento igual al del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), según una orden del Ministerio de Trabajo publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Esta orden, que tiene efects desde el 1 de enero de este año, establece las normas de cotización a la Seguridad Social, desempleo, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, de acuerdo con lo dispuesto en el Ley de Presupuestos Generales del Estado.
La base máxima de cotización en el régimen general de la seguridad social experimente un crecimiento superior, del 5,1 por ciento, situándose en 338.130 pesetas mensuales, frente a las 321.420 pesetas de 1992.
Por lo que se refiere a los tipos de cotización a la Seguriad Social, suben un 0,5 por ciento (0,4 por ciento a cargo de la empresa y 0,1 por ciento a cargo del trabajador). Así el tipo de cotización por contingencias comunes queda en el 29,3 por ciento, del que el 24,4 por ciento es a cargo de la empresa y el 4,9 por ciento a cargo del trabajador.
Las cotizaciones por desempleo no experimentan variación, manteniéndose la vigente en 1992, que es del 7,3 por ciento, siendo el 6,2 por ciento a cargo de la empresa y el 1,1 por ciento a cargo del trabajador.
Por lo que se refiere a las cotizaciones de las empresas al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) quedan en el 0,4 por ciento, y en el 0,7 por ciento las cotizaciones para formación profesional (0,6 por ciento a cargo de la empresa y 0,1 a cargo del trabajador).
(SERVIMEDIA)
20 Ene 1993
NLV