Consumidores

Los bancos cobran hasta 12 euros por realizar transferencias inmediatas y en 2025 tendrán que dejar de hacerlo

- Según advierte Facua

MADRID
SERVIMEDIA

Los bancos cobran en España hasta 12 euros a los usuarios por realizar transferencias nacionales si no quieren que tarden uno o varios días en llegar al destinatario, mientras que si asumen la espera no suelen aplicarles ninguna comisión, si bien en 2025 tendrán que dejar de hacerlo.

Así lo advirtió este jueves Facua-Consumidores en Acción en un comunicado en el que expuso las conclusiones de un seguimiento que ha realizado sobre las comisiones aplicadas por siete bancos por las transferencias ‘online’ y según el cual todos ellos cobran por garantizar que se reciben de forma inmediata o en el mismo día y no aplican ninguna si el cliente “se resigna a esperar”.

Según dicho estudio, esas comisiones van desde los 0,95 euros de Sabadell hasta los 12 euros de Bankinter, pasando por los 6 euros de Santander, el mínimo de 5,94 euros de Caixabank, los 4 euros de Openbank (2 euros si se tiene domiciliada la nómina), los 1,50 euros de Abanca y los 1,25 euros de BBVA.

En este contexto, la organización recordó que el Parlamento Europeo adoptó el pasado 7 de febrero nuevas reglas para garantizar que las transferencias bancarias lleguen “inmediatamente” a las cuentas de los particulares y las empresas de la UE y puntualizó que, con el futuro reglamento, que ahora debe revisar el Consejo Europeo, los bancos y otros proveedores de servicios de pago “tendrán que garantizar transferencias asequibles y procesadas al momento”.

“La inmediatez de las transferencias deberá garantizarse con independencia del día o la hora y el dinero deberá llegar a la cuenta del destinatario en un plazo de 10 segundos”, subrayó, para añadir que el ordenante “también deberá ser informado en un plazo de diez segundos de si los fondos transferidos se han puesto a disposición del receptor” y que los cargos aplicados por las transferencias inmediatas en euros “no podrán ser superiores a los aplicados a las operaciones convencionales de transferencia no instantánea en euros”.

A su vez, hizo hincapié en que los países de la UE cuya moneda no sea el euro también tendrán que aplicar las normas, cuando las cuentas ya ofrezcan transacciones regulares en euros, después de un período transitorio “más largo” y en que habrá una “excepción especial” a la obligación de efectuar el pago en un plazo de diez segundos para dichas cuentas “fuera del horario laboral, por el riesgo de falta de liquidez en la divisa europea”.

Para garantizar la seguridad, los proveedores de servicios de pago deberán aplicar medidas “sólidas y actualizadas” de detección y prevención del fraude, con el fin de evitar que el dinero transferido “acabe por error o fraude en la cuenta equivocada”. Para ello, los proveedores de servicios de pago que operan en la UE deben ofrecer, sin coste adicional, un servicio de verificación de la identidad del destinatario.

“Como salvaguardia adicional contra el fraude, las entidades también deberán permitir a sus clientes fijar un importe máximo para las transferencias instantáneas en euros, que podría modificarse fácilmente antes de ejecutar una nueva transferencia”, abundó la organización, al tiempo que señaló que, según las nuevas reglas, si una entidad no cumple con sus obligaciones de prevención del fraude y esto provoca un “perjuicio financiero”, el cliente podrá solicitar una compensación.

Por último, los proveedores de servicios de pago que ofrezcan transferencias instantáneas también deberán verificar si alguno de sus clientes está sujeto a sanciones u otras medidas restrictivas relacionadas con el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

(SERVIMEDIA)
15 Feb 2024
MJR/mjg/clc/gja