El Ayuntamiento recurrirá el fallo ----------------------------------
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El titular del juzgado de instrucción número 38 de Madrid ha condenado a un policía municipal a dos días de arresto menor y al pago de una multa de 50.000 pesetas porque durante una persecución a un motorista no guardó la distancia de seguridad prevista en la Ley de Seguridad Vial y el coche que conducía aplastó uno de los brazos del joven, según la sentencia, a la que tuvo acceso Servimeia.
Los hechos se remontan al 11 de junio del año pasado, cuando Alberto Gómez Salinas, de 15 años, circulaba por la calle Gandhi, de Madrid, conduciendo una motocicleta "Yamaha", matrícula de Madrid, M-9220-IN, propiedad de su padre.
En la calle se encontraba un coche de la Unidad de Protección Ecológica de la Policía Municipal, conocida como "patrulla verde", cuyos agentes observaron que la moto emitía una gran cantidad de humo por el tubo de escape.
Los agentes siguieron al joven y le hiceron señales para que detuviera su vehículo. El motorista hizo caso omiso y aceleró, por lo que se inició una persecución en la que el coche policial llegó a circular a una velocidad de 90 kilómetros por hora, según la resolución judicial.
La sentencia indica que al final de la calle Emilio Ferrari, en un tramo de tierra no asfaltado, el vehículo municipal estaba a una distancia de la moto de 10 metros.
En ese momento la máquina del joven derrapó y Alberto Gómez cayó al suelo, pasando el automóvi por encima de él y aplastando una de sus ruedas el brazo izquierdo del motorista.
60 DIAS INCAPACITADO
Como consecuencia del accidente, el herido permaneció 60 días incapacitado para sus ocupaciones habituales. Asimismo, precisó tratamiento médico y quirúrgico, así como catorce asistencias facultativas, y le quedaron dos cicatrices, una en la cara posterior del tronco y otra en el brazo derecho.
En los fundamentos jurídicos de la sentencia, el juez considera que el artículo 20 de la Ley sobre ráfico, Circulación de Vehículos de Motor y Seguridad Vial impone la obligación a todo conductor de un vehículo que circule detrás de otro de dejar un espacio libre que le permita detenerse sin colisionar con él.
"Esa diligencia", prosigue la resolución, "ese deber objetivo de cuidado le incumbía al conductor del vehículo policial y, sin embargo, no lo respetó. Esa infracción de la norma de cuidado provocó las lesiones que sufrió Alberto. En la medida en que los policías no hubieran perseguido a tan pca distancia a la motocicleta, su conductor no hubiera caído al suelo ni hubiera sido aplastado por el vehículo".
Ante las justificaciones de los agentes, en el sentido de que actuaban en el ejercicio de su cargo, el juez entiende que "no era necesario ni funcional perseguir y sancionar a los posibles infractores (en este caso de normas reglamentarias y por conducta -liberación de gases por la acción de máquina- harto frecuente y generalizada en nuestras ciudades), ni poner en riesgo la integridad físca de un ciudadano de 15 años".
El fallo condena al policía Sebastián Sánchez Bote, como autor de una falta de lesiones imprudentes con infracción de reglamentos, a las penas de dos días de arresto menor, multa de 50.000 pesetas y privación del permiso de conducir durante un mes.
Asimismo le obliga a indemnizar a Alberto Gómez Salinas con 355.000 pesetas y al propietario de la moto con otras 94.000 pesetas, el importe de los daños apreciados en el vehículo.
Por su parte, el concejal de Segurdad y Policía Municipal, Fernando Bocanegra, anunció que el ayuntamiento recurrirá la sentencia, porque le parece desmedida y por entender que los agentes se limitaron únicamente a cumplir con su cometido.
(SERVIMEDIA)
30 Ene 1991