AUTONOMIAS. CIU PRETENDE DESEJAR OBSTACULOS LEGALES PARA LA FUTURA CESION DE IMPUESTOS ESPECIALES E IVA

MADRID
SERVIMEDIA

Convergència i Unió (CiU) solicita que se incluya entre los impuestos cedibles a las autonomías la imposición general sobre las ventas en su fase minorista, así como los impuestos sobre el consumo en esta misma fase, salvo los recaudados mediante monopolios fiscales. Así consta en la enmiena presentada por esta formación a la modificación de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (Lofca), a la que ha tenido acceso Servimedia.

Se da el caso de que los impuestos especiales, que gravan el consumo del tabaco, el alcohol y los carburantes, ya no son monopolio del Estado, por lo que, de aprobarse esta enmienda, podrían pasar a considerarse como cedibles. Esta pretensión también abriría las puertas al traspaso futuro del Impuesto de Valor Añadido (IVA).

CiU explica qe la adecuación de la Lofca al nivel de corresponsabilidad fiscal autonómica establecido para el quinquenio 1997-2001 "no tiene porqué implicar la inclusión de limitaciones al desarrollo futuro de la corresponsabilidad fiscal".

Asimismo, la enmienda recoge los impuestos que van a ser cedidos en función del último acuerdo de financiación autonómica: hasta el 30% del IRPF, Patrimonio, Trasmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Sucesiones y Donaciones e impuestos sobre el juego.

DEDUCCIN DE APORTACIONES A MUTUALIDADES

Asimismo, entre las cuatro enmiendas presentadas por CiU a la Ley de Cesión de Tributos a las Comunidades Autónomas, la coalición ha introducido una modificación para mantener la deducción del 10% para las aportaciones a las mutualidades de previsión social por parte de personas y empresas.

La coalición catalanista justifica este mantenimiento con que en el momento actual "se pretende ampliar y no reducir el ámbito de aplicación de la deducción".

Entre estas nmiendas, CiU pretende también que se regule mediante ley especial "la cesión a las comunidades autónomas del rendimiento que en su territorio corresponda al IVA en su fase de gravamen sobre las ventas al por menor", también con la justificación de no constreñir el desarrollo futuro de la corresponsabilidad fiscal.

(SERVIMEDIA)
29 Oct 1996
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