ETA

LA AUDIENCIA NACIONAL VUELVE A DENEGAR A "LA TIGRESA" UNA REDENCION DE PENA POR CURSOS DE TAI CHI Y CERÁMICA

- Deniega redenciones a otros presos por realizar un taller de puzzles o por estar matriculados en la universidad.

MADRID
SERVIMEDIA

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decidido denegar de nuevo una rendención extraordinaria de 45 días a la etarra Idoia López Riaño, alias "La Tigresa", por realizar cursos de Tai Chi, cerámica y habilidades sociolaborales.

En un auto hecho público hoy, los magistrados explican que las redenciones extraordinarias deben otorgarse en aquellos supuestos en los que el trabajo que realiza el penado requiera una "especial laboriosidad", lo que no se da en el presente caso.

En febrero, la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ya le denegó, con los mismos argumentos, otra redención extraordinaria de 45 días por realizar estudios universitarios y cursos de labores, Tai Chi, valenciano, habilidades sociolaborales, cerámica y literatura.

Por otra parte, la misma sección ha denegado una redención extraordinaria de 30 días al preso etarra Jesús Amantes Arnaiz por la asistencia a un taller de pintura al óleo y de confección de puzzles. "Ninguna de estas actividades presenta una especial dificultad o penosidad", dice el tribunal.

Además, al penado Jesús María Mendinueta Flores le ha denegado tres redenciones extraordinarias que sumaban dos años y medios por haber formalizado la matrícula en la Universidad de Educación a Distancia (UNED) y en la Universidad del País Vasco (UPV), así como por haber aprobado asignaturas sueltas aprobadas en este último centro.

La Audiencia Nacional señala que el hecho de estar matriculado "no supone esfuerzo alguno ni laboriosidad, ni muchos menos rendimiento". En cuanto a las asignaturas aprobadas, los magistrados señalan que no se explica cuáles son ni se aporta certificado de notas.

Por otra parte, la Audiencia Nacional también ha denegado una redención extraordinaria de 74 días al preso Juan María Gabirondo Argote, que las había solicitado por la realización de actividades deportivas, por considerar también que se trata de "unas actividades que no pueden considerarse como la realización de una labor o trabajo con la excepcionalidad o de la especial laboriosidad que la normativa" impone.

(SERVIMEDIA)
24 Abr 2006
B