LA AUDIENCIA NACIONAL FALLA A FAVOR DE DOS FUNCIONARIOS SUSPENDIDOS DE SUS FUNCIONES POR FUMAR EN SU PUESTO DE TRABAJO
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha fallado a favor del recurso planteado por dos funcionarios de Correos que habían sido sancionados co suspensión de funciones durante tres días por fumar en su puesto de trabajo.
Según informó hoy el Club de Fumadores por la Tolerancia, que llevó la defensa de los dos funcionarios, la citada Sala ha condenado a la Administración al abono a los trabajadores de las cantidades que dejaron de percibir durante el período de suspensión.
La Dirección de Correos sancionó a los funcionarios por fumar en su puesto de trabajo, cuando en el tablón de anuncios de la sala figuraba el artículo primero del decrto de 1988 que dice que "en caso de conflicto prevalecerá siempre el derecho a la salud de los no fumadores sobre el derecho de los fumadores a consumir labores de tabaco en todos aquellos lugares o circunstancias en que pueda afectarse el derecho a la salud de los primeros".
Los recurrentes invocaron que su conducta no era constitutiva de falta disciplinaria, ya que no existió prohibición expresa y concreta de fumar, puesto que la orden inserta en el tablón de anuncios no contenía esa prohibición, nilos superiores la dieron.
En la sentencia de la Audiencia Nacional se reconoce, además, que la sala donde trabajaban los dos funcionarios, al no ser dependencia de atención al público, es un espacio hábil para fumar.
La defensa de estos funcionarios ha sido llevada por el Defensor del Fumador, figura creada por el Club de Fumadores por la Tolerancia. Este Club es una asociación sin ánimo de lucro que cuenta con más de 50.000 socios y simpatizantes, y su objtivo fundamental es promover la toleranca y la cortesía entre fumadores y no fumadores.
(SERVIMEDIA)
30 Jul 1999
NLV