LA AUDIENCIA NACIONAL DENIEGA LA REDENCION DE PENA A IDOIA LÓPEZ RIAÑO POR CURSOS DE TAI CHI, VALENCIANO Y CERÁMICA
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La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decidido denegar una redención extraordinaria de 45 días a la etarra Idoia López Riaño por realizar estudios universitarios y cursos de labores, Tai Chi, valenciano, habilidades sociolaborales, cerámica y literatura, según una resolución hecha pública hoy.
En un auto hecho público hoy, los magistrados explican que las redenciones extraordinarias deben otorgarse en aquellos supuestos en los que el trabajo que realiza el penado requiera una "especial laboriosidad, disciplina o rendimiento" del reo, cosa que no se produce en el presente caso.
Asimismo, añaden que, "de lo acreditado, no se desprende otra actividad que la mera tarea ocupacional, sin que se advierta ponderación de las actividades como integrantes en un proceso de reeducación o de reinserción social".
Además, rebaten a Idoia López Riaño la tesis de que la persona reclusa, por el mero hecho de serlo, trabaje o no, tenga derecho a la denominada "redención de patio".
"Si el legislador hubiera previsto tal derecho en los términos que se indica, no hubiese impuesto la pena que se establece para cada delito", argumentan los magistrados.
(SERVIMEDIA)
16 Feb 2006
VBR