LA AUDIENCIA NACIONAL DENIEGA LA REDENCION DE PENA A UN ETARRA POR ESTUDIOS
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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha denegado la redención de pena al etarra Oscar Cadenas Lorente, quien había pedido una redención extraordinaria por estudios, según consta en un auto hecho público hoy.
Los magistrados sostienen que en este caso sólo consta la realización de un ciclo de enseñanza universitaria. En la documentación aportada "ni se explica en qué consiste tal actividad".
Por esa razón, sostienen que no puede considerarse como "la realización de una labor o trabajo con el carácter de excepcionalidad o de la especial laboriosidad que la norma impone" a la hora de otorgar redenciones extraordinarias.
Asimismo, consideran que "no cabe comparación alguna entre aprobar un curso académico y la simple matriculación en el mismo, ya que por este sistema se llegaría a obtener el beneficio por el simple hecho de matricularse sin aprobar año tras año".
Los magistrados también rechazan la tesis del recurrente, según la cual la persona reclusa, por el mero hecho de serlo, trabaje o no, tiene derecho a la redención denominada "de patio" y con carácter ordinario.
"Si el legislador hubiera previsto tal derecho en los términos en que se indica, no hubiese impuesto la pena que establece para cada delito", dicen los magistrados.
(SERVIMEDIA)
01 Feb 2005
VBR