LA AUDIENCIA NACIONAL ANULA EL PROCESAMIENTO DEL LÍDER DE AL QAEDA EN ESPAÑA Y OTROS DOS PRESUNTOS TERRORISTAS YIHADISTAS
- Estaban acusados de financiar células en Iraq y Afganistán
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La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional revocó hoy la decisión del juez Ismael Moreno de procesar al que fuera líder de Al Qaeda en España, Imad Eddin Barakat Yarkas, alias Abu Dahdah, y a Muhamed Gales Kalaje Zouaydi y Bassam Dalati Satut, quienes estaban acusados de financiar el terrorismo yihadista.
Los magistrados de la Sección Segunda consideran que no existen indicios suficientes para determinar que estas tres personas enviaron dinero a grupos terroristas en Irak y Afganistán a través de un entramado societario creado en España.
En concreto, Abu Dahdah, Kalaje Zouaydi y Dalati Satut fueron procesados por el juez Moreno el 16 de abril de 2007 por un delito de integración y colaboración con organización terrorista debido a su presunta participación en la financiación de grupos yihadistas.
Abu Dahdah fue condenado por la Audiencia Nacional a 27 años de cárcel como líder de la célula de Al Qaeda en España y por colaborar con los atentados del 11-S, aunque el Tribunal Supremo rebajó su pena a 12 años de cárcel al considerar que no había sido probada su participación en los ataques contra las torres gemelas de Nueva York.
Tanto Kalaje Zouaydi como Dalati Satut recurrieron ante la Sala de lo Penal la decisión del juez Moreno de procesarles.El fiscal encargado del caso, Ignacio Gordillo, pidió la desestimación por parte de la Sala de los recursos interpuestos.
CÉLULAS YIHADISTAS
Según el relato de los hechos realizado por el Ministerio Fiscal y recogido por el juez Moreno, Dalati Satut, Kalaje Zouaydi y Abu Dahdah, en los años 2006 y 2007, extrajeron fondos a través de un entramado societario creado en España y con ese dinero financiaron células terroristas de carácter yihadista que actuaban en Irak y Afganistán.
Pero los magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal consideran que estas afirmaciones son "demasiado genéricas" y que no existen "indicios suficientemente sólidos" como para procesar a Abu Dahdah, Kalaje Zouaydi y Dalati Satut.
La Sala asegura que los autos de procesamiento se mueven en "la vaguedad e inconcreción" y que no contienen más que "meras afirmaciones" pero no "verdaderas razones que resulten mínimamente convincentes".
En concreto no se espefica por qué "una determinada operación mercantil, que se realiza abiertamente y siguiendo de forma cuidadosa las normales exigencias legales, es considerada como delictiva y constituyente de actos de financiación de una organización terrorista".
Los magistrados también censuran que las células terroristas a las que supuestamente financiaban "no se identifican mínimamente" en el auto por el que Moreno procesó a los imputados.
A pesar de revocar el procesamiento de los tres imputados, la Sala de lo Penal no acordó el sobreseimiento del proceso y dejó en manos del juez Moreno la decisión de seguir investigando o archivar la causa.
(SERVIMEDIA)
21 Jul 2008
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