LA AUDIENCIA NACIONAL ABSUELVE A LA ETARRA LÓPEZ RESINA POR FALTA DE PRUEBAS
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La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto a la etarra Dolores López Resina del intento de atentado contra una oficina de Correos de Barcelona, que tuvo lugar en agosto de 1993, por falta de pruebas para demostrar la participación de la terrorista en los hechos.
En la sentencia hecha pública hoy, los magistrados de la Sección Segunda, presididos por el juez Fernando García Nicolás, aseguran que "no son suficientes" las pruebas presentadas por el Ministerio Fiscal y señalan que, para condenar a López Resina se requeriría "de algún elemento corroborante, aunque fuera mínimo".
La Fiscalía solicitaba para López Resina una pena de 18 años de prisión por un delito atentado terrorista en grado de tentativa.
Uno de lo elementos probatorios de mayor peso que obraban contra la etarra eran las huellas que los peritos de la Policía encontraron en el retrovisor del coche que los terroristas utilizaron en el intento de atentado y que se correspondían con López Resina, tal y como corroboraron durante la vista los propios agentes que realizaron el informe pericial.
También durante el juicio comparecieron los etarras Gonzalo Rodríguez Cordero, José Gabril Zabala Erasun y Felipe San Epifanio, pero todos ellos se negaron a declarar.
En su declaración ante la Policía tras su detención en Barcelona el 29 de abril de 1994, San Epifanio reconoció haber colocado el coche cargado de explosivos frente al edificio de Correos y aseguró que en la acción había participado también la etarra "Tere", a la que más tarde identificó como López Resina.
Los magistrados de la Sección Segunda señalan que las pruebas que demuestran la participación de "Tere" en el intento de atentado son "sumamente escasas e incluso confusas".
40 KILOS DE EXPLOSIVO
La sentencia señala que las pruebas aportadas sirven para determinar "la forma global de cómo se produjeron los hechos" pero no aportan "lo suficiente en relación con la participación de la acusada en los mismos".
Los magistrados si consideran probado que los etarras Gonzalo Rodríguez Cordero y José Gabril Zabala Erasun, ya juzgados y condenados por estos hechos, robaron el 11 de julio de 1993 en San Sebastián un coche al que cambiaron las matrículas en una lonja de que disponían en Oiartzun (Guipúzcoa).
Tras recibir órdenes de la dirección de ETA en Francia, los terroristas transportaron el vehículo hasta Barcelona, donde se lo entregaron a los etarras Felipe San Epifanio y Gregorio Vicario Setién, también condenados por estos hechos.
Conforme al plan trazado por la cúpula de ETA, el 14 de agosto de ese año San Epifanio y Vicario Setién cargaron el coche con 40 kilos de explosivos y lo aparcaron frente a una oficina de correos en la calle Vilá i Vilá de la capital catalana, pero la acción no llegó a realizarse debido a la indecisión de los terroristas.
Los etarras volvieron a intentarlo al día siguiente, pero tampoco pudieron hacer explotar el coche debido a la presencia en la zona de agentes de la Policía Urbana. Finalmente, decidieron abandonar el coche con el explosivo en su interior, lo que advirtieron mediante sendas llamadas al diario "Egin" y a "La Vanguardia".
Las Fuerzas de Seguridad localizaron finalmente el coche y llevaron a cabo una explosión controlada que causó importantes daños en la zona.
(SERVIMEDIA)
25 Mar 2008
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