Periodismo
Asociaciones y sindicatos de periodistas acuerdan con el Gobierno blindar el secreto profesional
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
Asociaciones y sindicatos de periodistas han acordado con el Gobierno blindar el secreto profesional mediante una proposición de ley orgánica. Así, el informador solo podrá revelar sus fuentes "cuando se constate fehacientemente que la fuente ha falseado conscientemente la información" y cuando la revelación de la misma "sea el único medio para evitar un daño grave e inminente a las personas, la vida, la integridad física o la seguridad de las personas".
Así se recoge en la proposición de ley que presentará el PSOE, a la que ha tenido acceso Servimedia y que cuenta con el beneplácito de los representantes de los periodistas.
En la misma también se prohíbe requisar "las herramientas de trabajo de los periodistas, sean éstas del tipo que sean, en el ejercicio de su profesión".
"El derecho al secreto profesional comprenderá el derecho a no revelar la identidad de la fuente, la comunicación a través de la cual se transmitió la información, el contenido de la misma y cualquier otro elemento accesorio que pudiera ser empleado para identificar a la fuente", recoge el documento.
También define lo que se entiende por “fuente”, "cualquier persona física o jurídica que proporcione información veraz a un o una periodista o medio de comunicación con el ánimo de que toda o parte de ésta pueda ser difundida de manera pública" y extiende su protección también a la fuente informante "en la custodia del secreto profesional".
En la exposición de motivos se explica que "el secreto profesional comprenderá el derecho a no revelar la identidad de la fuente así como cualquier otra información que pudiera conducir directa o indirectamente a su identificación. Los y las periodistas y directores o directoras de medios de comunicación únicamente podrán ser requeridos a desvelar la identidad de sus fuentes mediante resolución judicial en los casos previstos en el artículo 6", cuando la fuente "ha falseado conscientemente la información" .
"El objeto de la disposición es no solo el de proteger a las personas físicas o jurídicas que hayan servido de fuente para informaciones periodísticas sino también el de evitar que actuaciones que menoscaben el secreto profesional desincentiven a futuras fuentes de colaborar con los medios de comunicación. De ahí que, cuando una autoridad judicial o administrativa tenga a su disposición la identidad de una fuente periodística, ésta deberá actuar de la manera menos lesiva para el secreto profesional", concluye el documento.
(SERVIMEDIA)
13 Dic 2022
MAN/gja