LA ASOCIACION DE FISCALES ADVIERTE QUE LA REINSRCION SE HA CONVERTIDO EN UNA MEDIDA SUSTITUTIVA DE LA PENA
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Asociación de Fiscales considera que el mandato de la Constitución de que las penas se orienten hacia la reeducación y reinserción social ha llegado a convertir a ésta, en muchos casos, "en una medida sustitutiva de la pena, excluyendo ésta cuando se acredite aquella, siquiera sea por la aplicación de la gracia del indulto".
Así se recoge en la ponencia "El fiscal ante el debate sobre la función y fines de proceso penal", elaborada por el fiscal jefe de Cádiz, Isidoro Hidalgo Baras, que será estudiada durante el congreso que la asociación celebrará el próximo fin de semana en Oviedo.
A juicio de Hidalgo, el desplazamiento de la forma de ejecutar las penas hacia la administración penitenciaria, aunque sea con el control de los juzgados de vigilancia, hace difícil la fiscalización del cumplimiento de la condena cuando la sociedad "demanda que sea el juez, asistido del fiscal, y no la administración la qu en definitiva controle el cumplimiento de las penas".
Añade que "atenta a la independencia del juez el hecho de que se le prive de un adecuado control de la ejecución y el fiscal, que debe de velar por aquella independencia, también debe intervenir en aquel control".
El fiscal jefe de Cádiz critica también los expedientes de indulto cuyo procedimiento, afirma, "resulta obsoleto" y añade que el fiscal sólo interviene para emitir un dictamen "y ya no vuelve a tener noticia del asunto hasta que, ensu caso, se publique el indulto en el BOE".
Agrega que tampoco se le da traslado del informe al tribunal, que tiene que pedir expresamente la entrega de la copia del expediente, y el Gobierno no razona la concesión, "con lo cual no se conocen, aunque puedan intuirse, los criterios a que obecede la concesión o denegación de la gracia". "Produce cierta perplejidad el observar distintos tratamientos en casos iguales", señala.
La ponencia analiza también la posición del fiscal en la fase de instruccin respecto a la que dice que si se pretende que sea un fiscal de instrucción "tiene que tener las mismas garantías de independencia que ostenta el juez de instrucción".
Destaca también que aunque han aumentado el número de diligencias tramitadas por las fiscalías, sus oficinas no están adaptadas a esta nueva necesidad, por lo que para investigar el fiscal debe recurrir con mucha frecuencia a la policía judicial, que es quien de hecho asume la instrucción. "Corremos el peligro de terminar trasladando e despacho del fiscal a las comisarías", destaca Hidalgo, quien indica que prefiere "la judicialización que la interiorización del fiscal".
Finalmente, tras afirmar que la asistencia inmediata del fiscal a las declaraciones en los juzgados de guardia es, en muchos casos, "inútil" y "superflua", destaca que esa asistencia se hace muy difícil cuando debe realizarse en juzgados de otros municipios, dada la carencia de medios de transporte. "No se puede diseñar un fiscal 'móvil' sin medios adecuados de trasporte. La solución del 'coche propio' no parece en muchos casos ni viable ni exigible", concluye.
(SERVIMEDIA)
02 Nov 1994
S