APROBADA LA REGLAMENTACION SOBRE ALIMENTOS DIETETICOS PARA USOS MEDICOS ESPECIALES
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El Consejo de Ministros aprobó hoy el reglamento técnico-sanitario sobre alimentos dietéticos destinados a usos médicos especiales, siguiendo la directiva comunitaria de 1999 sobre el tema.
Los productos regulados son alimentos dietéticos, formulados específicamente paa se administrados bajo prescripción médica, como tratamiento dietético de pacientes cuya patología plantea necesidades nutricionales que no pueden ser cubiertas mediante alimentos de consumo ordinario.
El real decreto delimita clarmante qué tipo de alimentos dietéticos podrán comercializarse bajo l denominación de "usos médicos especiales", excluyendo los destinados a niños prematuros sanos y los alimentos de muy bajo valor energético, destinados a dietas de control de peso.
Incorpora medidas adcionales específicas en materia de etiquetado y restringe su publicidad. En el etiquetado debe constar el valor energético disponible, el contenido de proteínas, hidratos de carbono y grasas, y la cantidad media presente de cada sustancia mineral y de cada vitamina.
También deberá informar sobre las enfermedades, trastornos o afecciones a cuyo tratamiento dietético van destinados, y una declaración de contraindicaciones, así como instrucciones sobre preparación, uso y almacenamiento del producto tras a apertura del envase.
El reglamento prohibe la publicidad de estos alimentos dietéticos, aunque se autoriza la información a profesionales sanitarios, siempre que los medios utilizados como soporte tengan carácter básicamente científico y estén dirigidos y distribuidos entre éstos.
(SERVIMEDIA)
09 Jun 2000
EBJ