APROBADA DEFINITIVAMENTE LA LEY DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y NO DISCRIMINACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
- Sólo contó con el respaldo del PP
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El pleno del Congreso de los Diputados aprobó hoy definitivamente la Ley de Igualdad de Oportunidades y no Discriminación de las Personas con Discapacidad, al dar el visto bueno a las enmiendas que introdujo el Senado al proyecto del Gobierno. La norma sólo contó con el respaldo expreso del PP y la astención de todos los demás grupos.
Esta Ley, cuyo proyecto aprobó el Consejo de Ministros el pasado 16 de mayo, pretende complementar a la de Integración Social de los Minusválidos (LISMI), y va dirigida directamente a unos diez millones de españoles entre discapacitados, unos tres millones y medio, y sus familias.
La igualdad de oportunidades, la accesibilidad universal y el diálogo y la participación de las personas con discapacidad en la resolución de sus propias problemáticas son los principos fundamentales con los que esta ley pretende guiar las políticas y decisiones de los poderes públicos.
En consecuencia, los poderes públicos quedan obligados a adoptar medidas contra la discriminación y de acción positiva destinadas a compensar las especiales dificultades que tienen las personas con discapacidad para su plena participación en la vida social.
Establece además la obligación gradual y progresiva de que todos los entornos, productos y servicios sean abiertos, accesibles y practicabes para todas las personas, para lo cual dispone plazos y calendarios de adaptación.
LOS POLEMICOS PLAZOS
Así, en no más de seis meses el Gobierno debe aprobar un Plan Nacional de Accesibilidad para el periodo 2004-2012 con aportaciones financieras de la Administración del Estado, las Comunidades Autónomas, las Corporaciones Locales y las empresas privadas.
En el plazo de dos años debe establecer además las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación que deberán reunir las oficinaspúblicas, los bienes y servicios a disposición del público, los productos y servicios relacionados con las nuevas tecnologías y medios de comunicación social, los medios de transporte, y los espacios urbanizados y edificaciones.
Estas condiciones serán de obligado cumplimiento con el siguiente calendario: oficinas públicas y servicios de atención al ciudadano de las Administraciones Públicas, entre 3 y 5 años las nuevas y entre 15 y 17 las ya existentes. Bienes y servicios a disposición del público, etre 5 y 7 años los nuevos de titularidad pública, entre 7 y 9 años los nuevos de naturaleza concertada, entre 12 y 14 años los nuevos de titularidad privada, y entre 15 y 17 años, los ya existentes.
Las tecnologías y servicios relacionados con la sociedad de la información y con los medios de comunicación dispondrán de entre 4 y 6 años los nuevos y entre 8 y 10 años los ya existentes. Los medios de transporte, entre 5 y 7 años los nuevos y entre 15 y 17 los ya existentes. Los espacios públicos urbanizdos y edificaciones, entre 5 y 7 años los nuevos, y entre 15 y 17 años los ya existentes que sean susceptibles de ajustes razonables.
Finalmente, en el plazo de dos años el Gobierno deberá regular la lengua de signos y garantizar aí el acceso de sus usuarios a acceder a todos los tipos de información accesibles para el conjunto de los ciudadanos.
Precisamente, la extensión de estos plazos fue uno de los argumentos esgrimidos por la oposición para abstenerse en la votación, al entender que son demsiado amplios y que esta Ley tardará prácticamente dos décadas en garantizar de modo efectivo la igualdad de oportunidades de los discapacitados.
Tanto la socialista Consuelo Rumí como Carles Campuzano, de CiU, insistieron en este punto. Campuzano reprochó lo que considera un claro retroceso en las expectativas creadas en su día por la LISMI, mientras que Rumí advirtió al Gobierno de que esta Ley está abocada a una inevitable reforma para, entre otras cosas, acortar esos plazos.
MAS TUTELA
La Ly obliga a las Administraciones públicas a llevar a cabo campañas de sensibilización, acciones formativas y medidas para la innovación y el desarrollo de nuevas tecnologías, así como planes de acción para garantizar la igualdad de oportunidades a las personas con discapacidad.
Además, establece un doble sistema de tutela para este colectivo. El Gobierno debe regular un sistema de arbitraje para resolver las quejas o reclamaciones de las personas con discapacidad, y en estos organismos participarán lasasociaciones representativas y sus familias.
Los discapacitados podrán también acudir a la tutela judicial, que comprenderá la adopción de todas las medidas necesarias para poner fin a la violación del derecho y para prevenir violaciones ulteriores, así como para restablecer al perjudicado en el ejercicio pleno de su derecho, incluyendo indemnizaciones o reparaciones, incluso por daños morales.
Esta nueva Ley modifica el Estatuto de los Trabajadores y la Ley de la Función Pública para establecer na nueva excedencia de los trabajadores o funcionarios por un periodo máximo de un año para atender al cuidado de un familiar hasta el segundo grado que no pueda valerse por sí mismo y no pueda desempeñar una actividad remunerada.
También reforma la Ley de Propiedad Horizontal para obligar a las comunidades de propietarios a realizar las obras de adaptación necesarias a petición de los propietarios de viviendas en las que residan o trabajen personas con discapacidad, siempre que el importe de tales obas no exceda de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes.
La Ley crea un Consejo Nacional de Discapacidad que sustituye al creado en febrero de 2000 y al que encomienda la promoción de la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y al que deberá consultarse cualquier norma que se elabore en desarrollo de esta normativa.
Gracias a una de las enmiendas introducidas en el Senado, dentro de este Consejo se creará una oficina permanente especializada, con la que colaborarán lasasociaciones más representativas y que estará encargada de velar por el cumplimiento efectivo de esta normativa, es decir, de garantizar la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad.
(SERVIMEDIA)
27 Nov 2003
CLC