EL ANTEPROYECTO DE CODIGO PENAL SUPRIME EL FISCAL EN LOS JUICIOS POR MALOS TRATOS ENTRE CONYUGES

MADRID
SERVIMEDIA

Una mujer víctima de malos tratos por parte de su marido que acuda al juzgado no contará con unfiscal para defender sus derechos, según el anteproyecto de Código Penal.

Según declaró a Servimedia Carmen Pujol, abogada y miembro de la Asociación de Mujeres Juristas "Themis", el texto recoge que en las faltas denunciables a instancia de parte, como es el caso de los malos tratos entre cónyuges, desaparece la figura del fiscal y quedan solamente la acusación (que ejerce directamente la propia víctima sin abogado, salvo que se lo pague) y el acusado con su defensa.

Pujol aseguró que el anteproecto supone una regresión para las mujeres en muchos aspectos, por lo que diversas asociaciones y organizaciones feministas están analizando el texto detenidamente.

Entre estos grupos figuran la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres, el Forum de Política Feminista, Mujeres Jóvenes, Asociación "Themis", Comisión contra Agresiones Sexuales, Asociación de Asistencia a Mujeres Violadas y la Asociación de Mujeres Separadas y Divorciadas, entre otros.

Carmen Pujol criticó también la ipificación como delito que el cónyuge que tenga la custodia de los hijos en un caso de divorcio, en la mayoría de los casos la madre, impida el régimen de visitas a los niños del otro cónyuge establecido por sentencia.

La abogada -que posee una larga trayectoria en defender a mujeres, principalmente en asuntos de Derecho de Familia-, considera este nuevo delito como un intento de contrarrestar el delito de impago de pensiones, incluido en la última reforma del Código Penal.

IMPAGO DE LA PENSION

Otro aspecto que Pujol considera regresivo con respecto a la legislación actual es que no será delito el impago de la pensión al cónyuge a quien sea imputable la causa de la separación.

Pero esa causa imputable puede revestir variadas formas, según Pujol. Desde la separación por infidelidad matrimonial hasta la mujer víctima de malos tratos que tiene que escapar del domicilio conyugal y transcurren 30 días sin que presente demanda de separación. En ese caso el marido la puede acusar de abandono de hoar y ello constituye una causa legal de separación imputable a ella.

También introduce el proyecto de Código Penal como nuevo delito, penado con prisión de 6 meses a un año, el reconocer como propio a un hijo que no es tuyo.

Este puede ser al caso de una madre soltera cuyo hijo no es reconocido por el padre natural durante años. Esta termina contrayendo matrimonio o conviviendo con otro hombre, quien finalmente reconoce al hijo de su compañera como propio, ya que hasta entonces carecía de padre cnocido.

Si entonces el padre natural lo reconociese, el padre "adoptivo" incurriría en un delito, según el anteproyecto.

(SERVIMEDIA)
18 Jun 1992
A