(Ampliación)LA JUSTICIA LEVANTA LA MEDIDA CAUTELAR QUE PARALIZABA LA MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS DE CAJA MADRID
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid decidió hoy levantar la medida cautelar que paralizaba la modificación de los estatutos de Caja Madrid aprobada por el Gobierno de Esperanza Aguirre.
La sección 9 de la sala de lo Contencioso Administrativo, que ayer escuchó a representantes de la Comunidad de Madrid y del Ayuntamiento, da un plazo de cinco días para presentar un recurso de suplica.
El Tribunal señala que la suspensión de esta medida "no produce alteración del régimen estatutario o electoral" de la entidad financiera.
El Ayuntamiento de Madrid presentó el pasado 13 de marzo un recurso contencioso administrativo contra la resolución de la Comunidad del 3 de marzo, por la que autorizaba el proyecto de adaptación de los Estatutos y del reglamento electoral de Caja Madrid.
El 16 de marzo de adoptaron las medidas cautelarísimas, y ayer el Tribunal escuchó a las partes en una vista en la que el Ayuntamiento defendió el mantenimiento de la cautelar, considerando que "existen las razones de urgencia por tratarse de un acto más en el proceso abierto en Caja Madrid".
La Comunidad, por su parte, defendió todo lo contrario al señalar que "no concurre urgencia alguna para adoptar las medidas de suspensión", que finalmente han sido levantadas.
ESTABILIDAD DE LA CAJA
Los representante legales de la entidad financiera en la vista de ayer indicaron que la Asamblea de la caja está "prácticamente obligada a aprobar el texto autorizado por la Comunidad Madrid y que sus intereses principales son la estabilidad en la institución dado el proceso electoral que se va a desarrollar durante todo el año, estabilidad que se vería perjudicada de no mantenerse la suspensión del acto administrativo impugnado".
El Tribunal establece que Caja Madrid deberá proceder a remitir a la Consejería de Economía un proyecto de adaptación de sus estatutos al Reglamento Electoral a la presente ley "en el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de la misma".
Además, la citada consejería autorizará dicho proyecto o solicitará modificaciones del mismo, en el plazo máximo de quince días.
"Si transcurridos dichos plazos no se hubieran adaptado los Estatutos y el Reglamento Electoral, corresponderá a la Consejería competente en materia de cajas de ahorros redactar y aprobar los estatutos en el plazo máximo de un mes", afirma el Tribunal Superior de Justicia.
(SERVIMEDIA)
18 Mar 2009
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