AMEDO Y DOMINGUEZ ESTUVIERON MAS CERCA DE LA DELINCUENCIA COMUN QUE DEL TERRORISMO DE ESTADO, SEGUN EL TRIBUNA SUPREMO

MADRID
SERVIMEDIA

Los policías José Amedo y Michel Domínguez, condenados a 108 años y 8 meses de cárcel como organizadores de dos atentados de los GAL, actuaron en un ámbito más cercano a la delincuencia común que al terrorismo de Estado, según se desprende de la sentencia que el Tribunal Supremo hizo pública hoy, tras estudiar los recursos de casación interpuestos por todas las partes representadas en el proceso, excepto el ministerio fiscal.

El Alto Tribunal ratifica la reslución dictada el pasado mes de septiembre por la Audiencia Nacional, pero reconoce la responsabilidad civil subsidiaria del Estado, que tendrá que indemnizar con más de 11 millones de pesetas a los 6 heridos de los atentados a los bares "Batzoki" y "Consolation", cometidos en febrero de 1986 en el sur de Francia, entre los que figuran los etarras Juan Luis Zabaleta Elósegui y Frederic Haramboure.

Cuatro de los cinco magistrados de las Sala Segunda del Tribunal Supremo consideran que los policías acturon "bajo la dependencia de sus superiores y al servicio de un mandato gubernativo por razón de su cargo", de forma que se aprovecharon de su condición de policías para contratar y propocionar munición y documentos a los mercenarios portugueses que perpetraron las acciones.

Los magistrados alegan que los policías realizaron su actividad estando de servicio y que, precisamente al extralimitarse de sus funciones, debe declarase la responsabilidad subsidiaria del Estado, "pues de no haber habido exceso e el cumplimiento del deber, nos hallaríamos en presencia de una responsabilidad de los mandos superiores del Ministerio del Interior, en concepto de inductores o cooperadores".

Esta resolución ha contado con el voto particular en contra del ponente José Augusto de Vega, que estima que sólo podría haberse declarado la subsidiariedad del Estado en el caso de que los acusados hubieran actuado en conexión "con el servicio policial que les es propio" como funcionarios públicos y no con carácter "estrictamete particular", como recoge la sentencia de la Audiencia Nacional.

Las indemnizaciones establecidas fueron de 4,5 millones para Zabaleta Elósegui, hermano del dirigentes etarra "Baldo"; 2,4 millones para Haramboure, miembro del "comando itinerante"; 1,8 millones para José Ramón Basáñez, sobre el que pesa una orden de localización como presunto miembro de la organización, y el resto corresponden a un ciudadano francés, a la hija de Zabaleta, así como a la hija y viuda de Juan María Otaegui, presunto etrra asesinado por los GAL en 1985.

Los magistrados del Supremo han desestimado los demás motivos de casación defendidos por los representantes de las acusaciones particulares y popular.

Esta última llegó a proponer la anulación del juicio por quebrantamieno de forma, al considerar que el tribunal de la Audiencia Nacional incurrió en denegación de pruebas al amparar la negativa de los altos cargos del ministerio del Interior a contestar a cuestiones sobre los fondos reservados.

El Supremo calfica, sin embargo, de "correcta" la actitud de los testigos, que se acogieron al secreto profesional y recuerda que los gobiernos de países como Francia, Reino Unido, Bélgica y Dinamarca, aprueban la dotación de partidas similares, sin estar sometidas a ningún control o seguimiento de contabilidad pública.

Asimismo, los magistrados de la Sala Segunda rechazan también que los policías deban ser condenados por pertenencia a banda armada, ya que la Audiencia Nacional no da como hecho probado su integracin en los GAL, sino que constituyen una asociación ilícita, que se distingue de la agrupación armada o terrorista porque "se mueve en torno a la delincuencia común", mientras que la segunda busca "la subversión del orden social establecido".

La sentencia del Tribunal Supremo desestima también que la Audiencia Nacional vulnerara el derecho a la presunción de inocencia de los procesados, como pretendió su letrado, Gonzalo Casado, al dar validez como prueba de cargo a las comisiones rogatorias efectuadas n el extranjero, en las que los mercenarios portugueses reconocieron a los policías como las personas que les contrataron.

Aunque los magistrados reconocen que esas comisiones se practicaron "de forma discutible", subrayan que al margen "existe un conjunto probatorio", constituido por los viajes a Portugal, los contactos con los portugueses, el gasto de los fondos reservados, utilización de documentos de identificación, llamadas telefónicas controladas, asistencia a casinos de juego o el tipo de municón hallada en los lugares de los hechos.

DESENCANTO DE LOS RECURRENTES

El contenido de la sentencia no ha satisfecho a ninguna de las partes recurrentes. El abogado de los policías, Gonzalo Casado, manifestó el pasado viernes su "afección" ante el resultado, mientras que José Luis Galán, representante de la acusación particular, calificó de "chapucera, floja y decepcionante" la resolución.

Amedo y Domínguez comunicaron a través de un telegrama enviado a diversas agencias de noticias, su intencin de no presentar recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y, aunque han renunciado a solicitar el indulto al Gobierno, algunas asociaciones policiales han elevado esa petición al Ejecutivo.

Por su parte, José Luis Galán, manifestó hoy en conferencia de prensa, que la acción popular aún no se ha planteado la posibilidad de recurrir ante el Constitucional, aunque con toda probabilidad renunciará a hacerlo "porque la sentencia, desde el punto de vista técnico, tiene difícil encaje en un recursode amparo.

Galán afirmó que la sentencia del Tribunal Supremo "constituye un conjunto de fórmulas comunes, que no entra a fondo en la materia y da sensación de vacío y, a pesar de la prórroga de 30 días pedida por los magistrados para poder deliberar, ofrece un aspecto apresurado en su elaboración".

Para el letrado, las contradicciones que recoge la sentencia son numerosas, y considera "más coherente" con su fundamentación el voto particular de José Augusto de Vega, contrario a declarar la responabilidad civil subsidiaria del Estado.

Añadió que su impresión era "que se ha tratado de dar carpetazo cuanto antes al tema GAL, la pesadilla nacional, que ha entrado en nebulosa y así no sabremos si alguna vez llegó a existir".

Al igual que Casado, Galán dio por finalizado el proceso y comentó que la concesión de un indulto para los policías "está en la mente de todos; es lo único que falta para pasar la goma de borrar histórica sobre este asunto y, si el Gobierno se encontró antes con que teníaque contar con los tribunales, que no han sido excesivamente dóciles con sus intenciones, ahora no existe más presión que la de la opinión pública".

(SERVIMEDIA)
16 Mar 1992
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