LOS ALCALDES PODRAN CELEBRAR MATRIMONIOS CIVILES

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión de Justicia e Interior del Congreso de los Diputados decidió hoy autorizar a los alcaldes a celebrar matrimonios civiles.

La nueva normativa establece que "el matrimonio deberá celebrarse ante el juez, el alcalde o funcionario correspondiente al domicilio de cualquiera de los contrayentes" y que, además, deberán estar presentes en la ceremonia "dos testigos mayores de edad".

Cn esta medida se pretende agilizar la celebración de los matrimonios civiles, que ahora sólo podía oficiar el edil de la localidad en casos especiales.

Esta medida entrará en vigor a finales de año y permitirá descongestionar la actividad de los juzgados de primera instancia, que en algunas localidades tenían problemas para dar fechas de celebración a los contrayentes.

La autorización de los alcaldes estaba pendiente desde hace tiempo y se inscribe dentro de la política de potenciación de las cermonias civiles que en las grandes ciudades se facilitó con la creación de juzgados especiales.

(SERVIMEDIA)
25 Oct 1994
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